El Tribunal revocó las suspensiones provisionales que el juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgó a cuatro personas para evitar que entreguen sus datos personales y biométricos.
Regeneración, 24 de mayo del 2021. Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones revocaron las suspensiones provisionales que el juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgó a cuatro personas para evitar que entreguen sus datos personales y biométricos con la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
Con dos votos a favor de la revocación y una en contra, el Tribunal Federal canceló las suspensiones. Los usuarios que impugnaron el Padrón son Norma Olivia Araiza Martínez, Hilda Judith Rosales Figueroa, Evelin Mariana Padilla Jim y Guillermo Pérez de León Saldaña.
El Tribunal revocó las suspensiones porque el Instituto Federal de Telecomunicaciones no ha emitido los lineamientos al respecto. Por lo que los usuarios que realizaron el amparo aún no están obligados a entregar sus datos biométricos porque aún no están vigentes las reglas.
“Lo anterior se estima así, pues tratándose del registro de líneas telefónicas móviles,
en cualquiera de sus modalidades (pre pago o post pago), adquiridas con anterioridad
a la entrada en vigor del Decreto mencionado (regulación que es en la que se dicen
ubicar los quejosos y respecto de la cual se solicitan la suspensión), esa obligación
está sujeta a que el Instituto Federal de Telecomunicaciones, emita las disposiciones
administrativas de carácter general a que se refiere el Decreto reclamado, lo cual deberá hacer en el plazo de 180 días», señalaron.