El Trife avaló las candidaturas al Senado por vía plurinominal del ex líder sindical minero, Napoleón Gómez Urrutia (Morena), y el ex jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera (PAN)
Regeneración, 6 de junio de 2018.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF o Trife) avaló las candidaturas al Senado por vía plurinominal del ex líder sindical minero, Napoleón Gómez Urrutia (Morena), y el ex jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera (PAN).
Estas candidaturas habían sido impugnadas por diversas razones y diversos actores. Los miembros del Trife avalaron estas candidaturas con cinco votos contra dos.
Así votaron los magistrados por las candidaturas impugnadas
Otálora: Mancera ✔ Napo ✔
Vargas: Mancera ❌ Napo ❌
Fuentes: Mancera ✔ Napo ❌
Reyes: Mancera ✔ Napo ✔
Infante: Mancera ✔ Napo ✔
Soto: Mancera ❌ Napo ✔
De la Mata: Mancera ✔Napo✔ pic.twitter.com/Q8sSlqw8Ho— Reforma Nacional (@reformanacional) 6 de junio de 2018
A Gómez Urrutia se le acusaba de incumplir el requisito de elegibilidad por tener otra nacionalidad, pero la magistrada presidenta, Janine Otálora consideró que no lo incumplió.
Cabe recordar que los artículos 16 y 17 de la Ley de Nacionalidad establecen que los mexicanos por nacimiento que tengan otra nacionalidad deben presentar el certificado de la nacionalidad mexicana para acceder a cargos o funciones que les requieran ser mexicanos de nacimiento y que no adquieran otra nacionalidad; en esos casos, la ley los obliga a presentar ese certificado y con él a formular una renuncia expresa a cualquier otra nacionalidad y a la sumisión y obediencia a otro Estado, señala el columnista Slavador García Soto.
Además, Otálora indicó que Gómez Urrutia, al haber nacido en México, está exento del requisito de haber tenido una residencia mínima de 6 meses en el país.
A Mancera se le señalaba de violar el artículo 55 constitucional, que restringe las postulaciones en caso de gobernar una entidad federativa. La magistrada presidenta, Janine Otálora, decidió que este artículo «sólo aplica al caso de una candidatura de mayoría relativa que se postula para competir por el voto en determinado territorio y no a las del representación proporcional, que no compiten por el voto con otros candidatos y su acceso al órgano legislativo depende de la votación total que obtenga en todo el país el partido que lo postuló».
De acuerdo con el Trife, el no haber renunciado a su cargo seis meses antes tampoco impide al ex jefe de Gobierno a un escaño plurinominal.