Las empresas subsidiarias que integran Telefónica Movistar, tendrán que responder y reparar el daño a los usuarios afectados por deficiencias en los servicios de telefonía móvil durante el año 2010, quienes interpusieron una acción de grupo.
Regeneración, 30 de junio del 2017.-La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad un juicio de amparo que interpuso contra Telefónica Movistar.
Con esto, Movistar debe dar una bonificación a los 19 millones de usuarios que se vieron afectados por fallas en el servicio durante 2010, aseguró Profeco.
Profeco mencionó que los ministros de la Corte resolvieron que cuando un grupo de consumidores de telefonía móvil es muy numeroso, es imperativo establecer una fórmula para garantizar el resarcimiento de los derechos vulnerados.
“En la acción contra Telefónica Movistar, la resolución establece que la carga de pruebas en la ejecución sobre afectados concretos es de la compañía telefónica y no de los usuarios -como proponía la empresa- con lo cual, en caso de que no las presente, la bonificación será para todos los usuarios que la compañía tenía en 2010, es decir, aproximadamente 19 millones de usuarios”, precisó la Procuraduría.
Rafael Ochoa Morales, en funciones de Procurador Federal del Consumidor, reconoció el análisis realizado por los ministros de la Primera Sala en este asunto, el cual empodera a los consumidores afectados por deficiencias en el servicio de telefonía móvil, lo que permite proteger a una colectividad, garantizar el respeto a sus derechos y la reparación del daño.
El proyecto de esta sentencia se hizo público en la sesión de la Primera Sala de la Corte del pasado miércoles, y pasó a engrose para la versión definitiva de la sentencia.