Amparo colectivo contra privatización de PEMEX

* Más de 1000 Ciudadanos presentan amparo colectivo contra contratos integrales de PEMEX
 
* Súmate al amparo, descárgalo en PDF.
 

Palacio Legislativo a 4 de octubre de 2011. Con base en las nuevas acciones colectivas y en las reformas constitucionales en materia de amparo, más de 1000 ciudadanos promueven amparo colectivo contra los contratos integrales recientemente adjudicados por Pemex en las áreas de Carrizo, Santuario y Magallanes (tierra firme en el estado de Tabasco), a las empresas Petrofac Facilities Management Limited y Administradora en Proyectos de Campos, S.A. de C.V.
 
En rueda de prensa diputados federales del PT, PRD y Movimiento Ciudadano, quienes encabezan la demanda ciudadana, explicaron que los contratos impugnados han sido denominados de distintas formas pero en realidad se trata de los antiguos contratos de riesgo derogados por la reforma constitucional de 1960.
 
La Diputada Laura Itzel Castillo del PT y secretaria de la Comisión de Energía explicó que la fórmula para la remuneración de los contratistas es inconstitucional porque representa un PORCENTAJE DIRECTO DEL PRECIO DE LAS VENTAS. Añadió que incluye un factor de ajuste a la tarifa que representa un comportamiento equivalente al precio del petróleo, por tanto se trata de una tarifa que constituye un porcentaje del valor de las ventas del crudo.
 
El amparo establece además que uno de los factores de la fórmula es el precio internacional del crudo; y se fundamenta en el hecho de que recientemente los ministros de la Suprema Corte establecieron por unanimidad que los contratos que celebre PEMEX NO puede contener pagos al contratista que representen un porcentaje del valor de las ventas.
 
Explicaron que el amparo colectivo se basa en la reforma al artículo 17, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que entró en vigor el 30 de julio de 2010 (la ley secundaria entrará en vigor hasta febrero de 2012), y de los antecedentes legislativos que le dieron origen, se desprende el reconocimiento en favor de las y los ciudadanos el derecho de impugnar mediante acciones colectivas la violación o afectación a sus derechos o intereses colectivos relacionados con el patrimonio público, lo que se traduce en el nacimiento de una garantía individual.
 
Asistieron a la rueda de prensa los diputados federales Pedro Jiménez, Enrique Ibarra, Víctor Castro, Mario di Costanzo, Tere Lupe Reyes, Ifigenia Martínez y el abogado René Sánchez Galindo.

AMPARO COLECTIVO VS CONTRATOS INTEGRALES DE PEMEX

Garantía individual o derecho humano afectado

De la reforma al artículo 17, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que entró en vigor el 30 de julio de 2010 (la ley secundaria entrará en vigor hasta febrero de 2012), y de los antecedentes legislativos que le dieron origen, se desprende el reconocimiento en favor de las y los ciudadanos el derecho de impugnar mediante acciones colectivas la violación o afectación a sus derechos o intereses colectivos relacionados con el patrimonio público, lo que se traduce en el nacimiento de una garantía individual.

Por qué la vía del amparo

Por consiguiente, la ausencia de ordenamientos legales vigentes que precisen la vía jurisdiccional ordinaria para impugnar la violación o afectación a los derechos o intereses colectivos relacionados con el patrimonio público, no impide que tales afectaciones puedan ser reclamadas de modo inmediato y en tanto se expidan las leyes ordinarias, a través del juicio de amparo, dado que al estar regulada la actuación del Estado Mexicano en materia de hidrocarburos por la propia Constitución Política en los artículos 25, 27 y 28, puede y debe examinarse esa actuación en el juicio de garantías.

Quiénes solicitan el amparo

Legisladores federales del morena, ciudadanos del morena y cualquier persona

Áreas o bloques donde se firmarán los contratos

Carrizo, Santuario y Magallanes (tierra firme en el estado de Tabasco)
Quiénes son los contratistas
Petrofac Facilities Management Limited
Administradora en Proyectos de Campos, S.A. de C.V.,

Contratos integrales, de riesgo, incentivados o de desempeño

Han sido denominados de distintas formas pero en realidad se trata de los antiguos contratos de riesgo derogados por la reforma constitucional de 1960.
La fórmula para la remuneración de los contratistas es inconstitucional porque representa un PORCENTAJE DIRECTO DEL PRECIO DE LAS VENTAS
Incluye un factor de ajuste a la tarifa que representa un comportamiento equivalente al precio del petróleo, por tanto se trata de una tarifa que constituye un porcentaje del valor de las ventas del crudo.
Además uno de los factores de la fórmula es el precio internacional del crudo.
Recientemente los ministros de la Suprema Corte establecieron por unanimidad que los contratos que celebre PEMEX NO puede contener pagos al contratista que representen un porcentaje del valor de las ventas.


 

Estimados compañeros y compañeras:

 


Como seguramente están enterados PEMEX ha firmado los primeros contratos anticonstitucionales con empresas privadas extranjeras y nacionales para la extracción de petroleo.
 
No sólo son anticonstitucionales sino además contrarias a la ley reglamentaria que se aprobó en el congreso de la Unión.
 
En su momento AMLO advirtió sobre esta posibilidad y ahora se está haciendo realidad.
 
La Suprema Corte de ¿Justicia? no quiso analizar las demandas de anticonstitucionalidad presentadas por cuatro presidentes municipales de Tabasco y por la Cámara de Diputados alegando que no tienen "interés jurídico" en este asunto porque son ¡asuntos administrativos! de PEMEX.
 
Todos los que participamos en la gran movilización en Defensa del Petroleo hemos sido burlados y una vez más quieren entregar las riquezas de la Nación a los grandes intereses transnacionales. 
Aquí está una hoja para juntar firmas de un amparo colectivo en contra de esta traición:
 
 
Descarga el
 

 

 
 
¡Junten firmas y entrëganlos a nuestros diputados!  *

Un saludo combativo
Asa Cristina

* Laura Itzel Castillo Juárez y Juan Enrique Ibarra Pedroza, Vicecoordinador del Grupo Parlamentario del
PT, en el Primer Piso del Edificio b del Recinto Legislativo de San Lázaro en Av. Congreso de la Unión no 66, Col. El
Parque, Delegación Venustiano Carranza, CP 15969 México DF, Teléfono 01800‐1CAMARA o 5628‐1300 con extensiones
5004 y 1808, respectivamente.

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