Los empleadores podrán solicitar prórrogas de las aportaciones de los trabajadores sin crédito vigente, disponible desde hoy en portal empresarial Infonavit
Regeneración, 27 de abril del 2020. Infonavit anunció prórrogas para las empresas en el caso de los pagos de Infonavit para empleados sin crédito vigente.
El beneficio promedio de estas medidas de protección equivale a 26 mil pesos para cada PyME, indicó la dependencia.
Por medio de un comunicado la institución agregó que lo anterior «sumado al monto individual de los Créditos Solidarios a la Palabra».
Lo que significa que estas empresas podrán recibir «apoyos hasta por 51 mil pesos durante la contingencia».
El objetivo es coadyuvar en la protección de las fuentes de empleo formal, la reactivación económica del país y evitar afectaciones sobre la cotización de sus derechohabientes.
Las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) –de hasta 250 trabajadores– podrán aplazar el pago del segundo y tercer bimestres hasta septiembre de 2020.
Por su parte, los grandes empleadores – empresas de más de 250 trabajadores– podrán aplazar el pago del segundo bimestre hasta julio de este año.
Una vez vencida la prórroga, ambos conjuntos de empresas, en caso de requerirlo, podrán solicitar el diferimiento de sus pagos hasta en 12 parcialidades sin exhibición de garantía.
Las PyMEs que hayan celebrado convenios de pagos en parcialidades, previo al inicio de la contingencia, podrán aplazar estas mensualidades hasta septiembre de 2020.
Los grandes empleadores que se encuentren en la misma situación podrán aplazar el pago de sus mensualidades hasta julio de este año.
Asimismo, con la finalidad de proteger el valor del ahorro si los empleadores realizan sus pagos dentro del plazo de la prórroga otorgada, sólo cubrirán actualizaciones de Ley y una tasa de recargo reducida al 0.01%.
El beneficio, desde la fecha original del pago y hasta que el mismo se efectúe.
La solicitud de las medidas de protección se deberá realizar a través del portal empresarial del Instituto (https://empresarios.infonavit.org.mx) tomando en cuenta las siguientes fechas límite:
A) Hasta el 30 de junio de 2020 para la solicitud de prórroga de pago de:
Las aportaciones correspondientes al segundo bimestre de 2020.
E incluso de las parcialidades de los meses de mayo y junio de convenio vigente.
B) Hasta el 31 de agosto de 2020 para la solicitud de prórroga de pago de:
Se trata de las aportaciones correspondientes al tercer bimestre de 2020.
Además de las parcialidades de los meses de julio y agosto de convenio vigente.
Es importante señalar que no se prorrogará el pago de las aportaciones y amortizaciones correspondientes a trabajadores que actualmente tienen un crédito vigente con el Infonavit.
–«…, protegiendo así el patrimonio de las familias«, indicó.
Suspenden acciones de fiscalización
En materia de acciones fiscales se suspenden las acciones de fiscalización (auditorías), las recaudatorias y del Procedimiento Administrativo de ejecución por parte del Instituto.