Aprueban la Ley de Desaparición Forzada

Luego de años de estancamiento en el poder legislativo la Ley de Desaparición Forzada finalmente vio la luz.

 

Regeneración, 12 de octubre de 2017.- Luego de años de tortuguismo legislativo, México aprobó hoy la Ley General de Desaparición Forzada y Desaparición por Particulares, hecha en colaboración de familiares de desaparecidos, quienes exigían que la norma pasara cuanto antes para enfrentar una problemática que suma miles de víctimas en el país.

Con 361 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular la ley, que empezó a trabajarse en 2015 y pasó en el Senado el 27 de abril de este año.

En conferencia de prensa, madres de jóvenes desaparecidos e integrantes del movimiento Nuestros Desaparecidos en México, quienes acudieron a la sesión de este jueves en San Lázaro, expresaron que la nueva ley será una herramienta para enfrentar la grave crisis de desapariciones e impunidad en el país.

“Las familias que conformamos el movimiento Nuestros Desaparecidos en México saludamos la aprobación de dicha ley por ser el resultado de casi tres años de trabajo por parte de más de 60 colectivos, familiares y organizaciones de la sociedad civil que han propuesto contenidos fundamentales de ésta”, indicaron.

La Cámara baja turnó hoy el dictamen aprobado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La ley establece un Sistema Nacional de Búsqueda, una Comisión Nacional de Búsqueda y mecanismos para el intercambio de información de la materia entre instituciones.

Además, se crean protocolos con directrices para los procesos de búsqueda, se establece la declaratoria de especial de ausencia para reconocer la personalidad jurídica de las personas desaparecidas y se establecen los derechos de las víctimas y los mecanismos de apoyo.

La norma establece que sobre quien cometa este delito caerá una pena de 40 a 60 años de prisión y una multa que puede oscilar entre los 800 mil 400 y los 1.6 millones de pesos.

En el caso de que la víctima sea migrante, niña, niño o adolescente, mujer, mujer embarazada, persona con discapacidad o persona mayor, periodista o defensor de derechos humanos, estas penas podrían aumentar hasta en un 50 %.

Asimismo, si la desaparición es cometida por un particular, la pena será de 25 a 50 años de prisión, y la multa de 320 mil 160 a 640 mil 320 pesos.

La diputada Gloria Hernández, del oficialista Partido Revolucionario Institucional (PRI), dijo en el pleno de la Cámara baja que los legisladores no pueden ser “omisos ante la gravedad de este crimen”.

Defendió que “considerando el dolor existente, es imperioso que México abra un nuevo camino de justicia para las víctimas de desaparición”.

Aunque la aprobación de la Ley es un paso inevitable, el diputado Cuitláhuac García, del Movimiento Regeneración Nacional (Morena), indicó que su partido respalda la ley, aunque esta “no necesariamente significa la solución del problema”, porque todavía permanece el “manto de la impunidad y la corrupción”.

De acuerdo con datos del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, actualmente en el país hay 33 mil 482 personas en México cuyo paradero es desconocido.

Vía EFE