Diputados aprueban que militares puedan catear domicilios

Aprobaron que el cateo se extienda a oficinas de gobierno, organismos constitucionales autónomos, como la CNDH, INE, Banxico, Inegi o el IFT

Toma de Protesta de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputa

Regeneración, 21 de abril del 2016.-La Cámara de Diputados aprobó esta tarde una reforma al Código de Justicia Militar y un Nuevo Código Militar de Procedimientos Penales, que crea la figura de la Fiscalía General de Justicia Militar y de jueces de control, que podrán ordenar, en casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, delitos graves y violentos con armas de fuego y explosivos, el cateo a domicilios particulares, oficinas del gobierno, de las dos cámaras del Congreso de la Unión, aunque la Constitución define que los recintos legislativos son inviolables según el artículo 61.

El cateo también se extiende a organismos constitucionales autónomos, esto es a las sedes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), del Instituto Nacional Electoral (INE), del Banco de México, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) o el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

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La intervención de llamadas telefónicas de soldados y ciudadanos y que deja fuera la responsabilidad de las fuerzas armadas cuando existan víctimas de derechos humanos.

Durante la sesión de hoy, estas medidas fueron calificadas por Morena y Movimiento Ciudadano (MC) como un retroceso en materia de derechos humanos, aunque sus observaciones fueron tardías, ya que se hicieron cuando el dictamen respectivo estaba a votación y después de que PRI y PAN habían hecho un acuerdo con el PRD para votarlo en favor.

Incluso Morena había acordado votar en abstención y MC enunció en voz de Manuel Espino que votaría el código militar de procedimientos penales para darle a las fuerzas armadas “una oportunidad de reivindicarse en lo que han contribuido para atentar contra los derechos humanos de los mexicanos”.

Ambos códigos también prevén la obligación de civiles de presentarse a declarar como testigos ante un juicio en desarrollo en tribunales militares. De no presentarse voluntariamente, el juez militar que lleve el proceso ordenará su presentación, pero se deja abierta la posibilidad de que el traslado del testigo sea por militares o policías federales.

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Se reconoce la figura del delito y de ofendido esta connotación se refiere exclusivamente respecto de delitos de la jurisdicción militar, precisión que se orienta a dejar en claro que por ningún motivo se refiere a víctimas de violaciones de derechos humanos.

(información La Jornada)