Funcionarios de 60+, embarazadas y enfermedad crónica a casa: FP

FP, Función pública: trabajaran desde casa adultos mayores, mujeres embarazadas y con enfermedad crónica. Días alternados a trabajadores menores de 12 años

FP apoyo a grupos vulnerables
FP apoyo a grupos vulnerables

Regeneración, 23 de marzo del 2020. Se permite trabajo en casa a las y los servidores públicos mayores de 60 años, mujeres embarazadas y con enfermedades crónicas, así como días alternados de trabajo para quienes tengan hijos menores de 12 años

.El gobierno seguirá trabajando y garantizando todos los bienes y servicios a la ciudadanía.
Los criterios se fundamentan en el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Función Pública publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación los criterios para el manejo de los recursos humanos como medida de prevención ante COVID-19.

Con la publicación se cumplen las facultades de la Función Pública de organizar y coordinar el desarrollo administrativo integral de la Administración Pública Federal (APF).

Así como emitir las normas para que los recursos humanos sean gestionados con los criterios de eficacia, legalidad y eficiencia.

«permitir el trabajo en casa para las y los servidores públicos en mayor riesgo…»

«…, como son los mayores de 60 años, personas con discapacidad, mujeres embarazadas y quienes tienen enfermedades crónicas»

«El periodo de implementación será del 23 de marzo al 17 de abril de 2020».

Asimismo, se permiten los días de trabajo alternados para las y los servidores públicos con hijos o hijas menores de 12 años.

Además de horarios escalonados de lunes a viernes, considerando ocho horas efectivas diarias de jornada de trabajo.

En el caso de incapacidades y de la justificación de inasistencias por síntomas de enfermedades respiratorias, se podrán aceptar las constancias electrónicas emitidas por las instancias de Seguridad Social.

Los criterios publicados hoy no implican la autorización de vacaciones, viáticos, pasajes u otro tipo de erogación adicional.

Incluso para su aplicación las personas servidoras públicas deberán observar los principios y valores de honestidad, cautela, respeto, responsabilidad y proporcionalidad.

Estos criterios son obligatorios para las dependencias de la Administración Pública Federal, y sus los órganos desconcentrados.

También, los órganos reguladores coordinados en materia energética, la Oficina de la Presidencia de la República, y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

En esta misma situación las entidades paraestatales, informó la FP.

La Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y los titulares de las Unidades de Administración y Finanzas serán responsables.

Se encargarán de la aplicación de los criterios y tomarán las medidas necesarias para su implementación.

FP aclaró que quedan excluidas de su aplicación las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, las Instituciones y autoridades que participen en la Seguridad Nacional.

E incluye a la Guardia Nacional y la de Seguridad Ciudadana, así como las Instituciones que presten servicios públicos de salud y protección civil.