Golfo de California tiene 12 Áreas Naturales Protegidas. Al norte, el Alto Golfo de California y su paisaje único así como su flora y su fauna
Alto Golfo de CaliforniaRegeneración, 22 de octubre del 2019. Golfo de California ubicado en el vértice que forman los estados de Baja California y Sonora.
Esta zona cuenta con amplias planicies de suave pendiente, clima muy seco, cálido, y muy baja precipitación anual.
Está influenciado por el Delta del Río Colorado, el sistema hídrico más importante del noroeste de México y comprende aguas marinas abiertas, esteros, humedales, planicies de marea y desierto.
Por lo anterior y su gran variedad de especies, en 1993 fue decretada Área Natural Protegida.
La Reserva de la Biosfera El Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado tiene una superficie de 934 mil 756.25 hectáreas.
El 60 por ciento corresponde a ecosistema marino y es hábitat de especies silvestres, terrestres y acuáticas, como la vaquita marina (Phocoena sinus) y la totoaba (Totoaba macdonaldi), especies endémicas, catalogadas como en peligro de extinción.
Ambas son protagonistas de una problemática en la zona debido a la captura y muerte incidental de la vaquita marina, que queda atrapada en redes agalleras utilizadas para la extracción ilegal de totoabas.
La problemática se incrementa por el alto valor económico de la vejiga natatoria de totoaba en el mercado asiático, y por la pesca que es la principal actividad económica de la región.
Para conservar y proteger a la vaquita marina se han impulsado acciones como:
-Veda permanente de Totoaba en todo el Golfo de California
-Prohibición de redes para la pesca de totoaba
-Creación del área de refugio para la protección de la vaquita marina
-Restricción a la navegación
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) lleva a cabo, en coordinación con otras dependencias, acciones de inspección y vigilancia del cumplimiento de la normatividad ambiental.
Biodiversidad
La región es de un alto valor biológico en sus ecosistemas ya que diferentes especies habitan en ella de forma temporal y permanente.
Es zona de crianza y desove de importantes especies marinas. Es el hábitat de al menos:
18 especies de mamíferos marinos
29 especies de mamíferos terrestres
315 especies de aves residentes y migratorias
149 especies de peces costero-marinos (incluidas varias especies endémicas)
358 especies de plantas distribuidas en varios tipos de vegetación.
Dentro de esta diversidad, se tienen 50 especies incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, relativa a la Protección Ambiental- Especies nativas de México de flora y fauna silvestre-Categorías de riesgo y especificaciones para inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo.
Flora
El Alto Golfo de California presenta el 18.75 por ciento de la vegetación de México, (Rzedowski,1978) teniendo vegetación marina, de marismas, de dunas, desiertos arenosos, vegetación halófita, acuática emergente y matorral inerme.
La riqueza de la flora terrestre se estima en 228 especies; al menos 15 son endémicas.
Vegetación marina: en los ambientes rocosos costeros del Alto Golfo de California se concentran alrededor de 358 especies, siendo los pastos marinos sobre todo en los humedales costeros donde domina el pasto conocido como Spartina foliosa.
Fauna
En el Alto Golfo de California habitan cerca de 29 especies y 38 subespecies de mamíferos terrestres. Los roedores son el grupo más diverso.
Le siguen los insectívoros como la musaraña (Notiosorex crawfordi), los murciélagos (19 especies) y los carnívoros, con 11 subespecies.
El grupo de aves está ampliamente representado con más de 315 especies de aves terrestres y acuáticas, tanto residentes como migratorias.
Algunas relevantes son: Águila cabeza blanca (Haliaeetus leucocephalus) P, Halcón peregrino (Falco peregrinus) PR, Pelícano blanco (Pelecanus erythrorhynchos).
El grupo de los anfibios y reptiles está representado por 16 familias, 35 géneros.
La familia con representación más numerosa es Colubridae con casi 16 especies.
Entre los reptiles y anfibios se encuentran: la iguana del desierto (Dipsosaurus dorsalis), la perrita o lagartija cachorra (Callisaurus draconoides) y falso camaleón cola plana (Phrynosoma mcallii).
Las tortugas marinas que se distribuyen son: tortuga amarilla (Caretta caretta), tortuga verde (Chelonia mydas ), tortuga prieta (Chelonia agassizi), tortuga laúd (Dermochelys coriacea), tortuga golfina (Lepidochelys olivacea).
Todas en peligro de extinción.
En el grupo de peces hay un total aproximado de 586 especies, de las cuales 111 han sido registradas en el Alto Golfo de California.
Ejemplos, son: el chupalodo chico (Gillichthys seta), el pez cachorrito del desierto (Cyprinodon macularius) P y la Totoaba (Totoaba macdonaldi) P.
Existen otras 11 especies de alto valor para la conservación.
Su distribución se restringe a la parte Norte del Golfo.
Entre éstas están: el tiburón peregrino (Cetorhinus maximus) A, el tiburón leopardo (Triakis semifasciata), la raya de California (Raja inornata), y la Curvina golfina (Cynoscion othonopterus).
Un grupo con gran importancia son los mamíferos marinos, con al menos 21 especies incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2010 * (incluyen las que se encuentran fuera de la ANP).
Entre ellos destacan: la ballena azul (Balaenoptera musculus), la ballena gris (Eschrichtius robustus), la ballena jorobada (Megaptera novaeangliae), el delfín nariz de botella (Tursiops truncatus), el lobo marino (Zalophus californianus) y la vaquita marina (Phocoena sinus)
Por último, se resalta en la zona el uso de los Palangres o Cimbras para la pesca ilegal de totoaba cuando esta regresa de su corrida reproductiva.
Dichos equipos de pesca son de tipo pasivo construidos con líneas y anzuelos para la captura de especies pelágicas.
Normalmente constan de una línea principal conocida como línea madre desde la cual penden líneas secundarias denominadas reinales en el extremo de los cuales se colocan anzuelos.
Historia de protección del Alto Golfo
Año | Acción |
1955 | Se declara “Zona de refugio para todas las especies, a las aguas comprendidas desde la desembocadura del Río Colorado hasta la desembocadura del Río Santa Clara, Sonora” |
1974 | Se declara “Zona de Reserva, cultivo y/o repoblación para las especies de pesca, al área del Delta del Río Colorado, en el Golfo de California” |
1992 | Se prohíbe el uso de redes agalleras de luz de malla superior a 10 pulgadas, construidas con hilo nylon monofilamento calibre 36 a 40 denominadas “totoaberas” |
1992 |
Creación del Comité Técnico para la Preservación de la Vaquita y la Totoaba (CTPVT) |
1993 | Establecimiento del Área Natural Protegida “Reserva de la Biosfera del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado” |
1994 | La Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-1994, clasifica a la Vaquita Marina como especie en peligro de extinción P |
1997 | Creación del Comité Internacional para la Recuperación de la Vaquita (CIRVA) |
2002 | La Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, clasifica a la Vaquita Marina como especie en peligro de extinción P |
2005 | Se establece el Área de Refugio para la Protección de la Vaquita Marina |
2015 | Programa de Atención Integral al Alto Golfo de California y COI |
2015 | Acuerdo por el que se suspende temporalmente la pesca comercial mediante el uso de redes de enmalle, cimbras y/o palangres operadas con embarcaciones menores, en el Norte del Golfo de California. |
2017 | CPR Vaquita Marina |
2017 | Acuerdo por el que se restringe la navegación, las actividades de pesca y de turismo náutico, en el polígono indicado dentro de la Región conocida como Alto Golfo de California, a efecto de realizar acciones de preservación de la vaquita marina (Phocoena sinus). |
Regulación y ordenamiento pesquero
La pesquería de camarón en el Océano Pacífico es una de las más importantes en México.
El Alto Golfo contribuye con 79 por ciento de la pesquería nacional de camarón (café y azul), con una captura promedio anual de más de mil 500 toneladas.
La pesquería del camarón presenta la problemática de sobrepesca que incide en la abundancia al final de cada temporada coincidiendo con el inicio el ciclo reproductor.
Ello repercute negativamente en la composición de las tallas.
El sector artesanal o flota menor (incluye a buzos comerciales) aprovecha cerca de 70 especies, utilizando “pangas” (10.5 metros de eslora, sin cubierta, con capacidad máxima de 3 toneladas y motores de 55 a 115 HP) y una amplia variedad de artes de pesca.
Es decir, desde redes agalleras, chinchorros de línea o redes de enmalle, cimbras, línea y anzuelo, colecta manual con equipos de buceo semiautónomo y trampas.
Este sector es probablemente donde se ha observado un incremento de pangas autorizadas para pesca de camarón y de escama; así como en el que se presenta con mayor evidencia el problema de la pesca ilegal y furtiva.
Para enfrentar esta problemática, el Programa de Pesca Sustentable y Protección de Especies en el Alto Golfo de California (SEMARNAT-SAGARPA, 2004) incluyó un plan de retiro de la flota industrial camaronera. El objetivo: contribuir a reducir el esfuerzo pesquero mediante el retiro de las embarcaciones camaroneras de mediana altura y de altura.
Su puesta en marcha fue reconocida por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).
Asimismo, con base en el Plan de Manejo de esta pesquería, se crearon medidas administrativas como el establecimiento de épocas y zonas de vedas, tendientes a reducir la mortalidad por pesca durante los procesos de reclutamiento, migración y reproducción.
Vedas
Se llama así al acto administrativo por el que se prohíbe pescar en un período o zona geográfica específica, establecida vía acuerdos o normas oficiales, para resguardar los procesos de reproducción y reclutamiento de una especie.
Por un lado, veda total o permanente, es en la que no se puede aprovechar el recurso en ningún momento del año, de forma indefinida.
Por otra parte, va veda temporal fija comprende un período definido, el cual se repite anualmente.
Y finalmente, la veda temporal variable se establece por un lapso definido, que se actualiza anualmente.
El 1 de agosto de 1975 se estableció la Veda Total (prohibición de la pesca) para la totoaba en aguas del Golfo de California, desde la desembocadura del Río Colorado, hasta el Río Fuerte, Sinaloa, en la costa oriental, y del Río Colorado a Bahía Concepción, Baja California, en la costa occidental.
Su terminación quedó supeditada al resultado de los estudios e investigaciones que realizara el Instituto Nacional de Pesca.
El 25 de agosto de 2005 hubo Veda Temporal para la captura de curvina golfina en las aguas marinas y estuarinas de jurisdicción federal de la Reserva de la Biosfera del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, del 1 de mayo al 31 de agosto de cada año.