Resoluciones similares se han hecho en otras 32 ocasiones sin que el SAT las haya acatado.
Regeneración, 14 de agosto de 2016.- En un aparente movimiento en favor de la rendición de cuentas, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) resolvió que el Sistema de Admnistración Tributaria (SAT) deberá informar el nombre y la razón social de las personas a quienes se condonó o canceló algún crédito fiscal entre enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013, así como los montos y el motivo del perdón.
Según el comisionado Oscar Guerra Ford el monto total de las condonaciones fue de 822 mil 500 millones de pesos entre 2007 y 2016; y el interés de conocer esta información es mayor que el de resguardarla, pese al secreto fiscal que la reserva, indicó.
En un comunicado del INAI se dijo que en una respuesta inicial, el SAT informó que la información de quienes se les canceló o condonó créditos fiscales entre enero de 2014 y el 15 de mayo de 2016, podía ser consultada en su portal de Internet, sin embargo los datos de los beneficiados entre 2007 y 2013 fue reservada por 12 años por ser secreto fiscal.
“Se trata de información que da cuenta de quienes obtuvieron un beneficio fiscal, relacionado directamente con una política pública de carácter fiscal que implica una disminución en la recaudación, que puede ser entendido como un gasto en sentido negativo a cargo del erario“, explica la resolución del pleno.
El organismo emplazó al SAT para cumplir la resolución, pues se han emitido otras 32 del mismo tema que no se han acatado y que han motivado denuncias del INAI ante la Secretaría de la Función Pública, de acuerdo con un comunicado del instituto.
Por ejemplo, en 2013, una resolución idéntica llamaba a revelar los mismos datos, desde entonces, la información no se ha compartido.
En aquel entonces, María Elena Pérez-Jaén, comisionada, determinó que la reserva de la información es improcedente porque la condonación es un gasto fiscal que comprende, en términos generales, los montos que deja de recaudar el Estado, por lo que constituye una transferencia de recursos públicos en sentido negativo, que también es un beneficio a favor del contribuyente e implica un gasto público, y como tal, “debe reportarse”.
Además consideró que la decisión de condonar un crédito fiscal no involucra únicamente al SAT y a la persona que se le condona el adeudo, sino “a toda la sociedad, en tanto que por disposición constitucional, todos los mexicanos están obligados a contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa”.
En Instituto de Transparencia, primero llamado IFAI fue creado por Fox en el año 2002, como una institución que empezaría en el camino de la rendición de cuentas del país. En 2010, se le cambió el nombre al que actualmente a INAI y aunque en teoría sus resoluciones son inatacables, dependencias gubernamentales siguen haciendo caso omiso de las resoluciones.
Vía Animal Político, Proceso y La Jornada.