La Marina detuvo, torturó y presentó a joven como sicario por tener un tatuaje

El joven alegó desde el momento de su detención que él era inocente y que simplemente unos militares llegaron a un restaurante donde estaba comiendo para arrestarlo.

Regeneración, 12 de enero del 2018.-La Secretaría de Marina detuvo de manera ilegal a un joven de 19 años a quien se le acusó de ser uno de los sicarios de Iván Velázquez Caballero, «El Z-50».

Los hechos habría ocurrido en septiembre del 2012, en San Luis Potosí, cuando la Marina informó sobre la detención del capo referido y dos de sus escoltas, durante un operativo en una casa de seguridad.

En esa ocasión, La Marina presentó a tres detenidos por sus supuestos vínculos con el crimen organizado. 

Sin embargo, uno de los presuntos capos, identificado como Carlos, alegó desde el momento de su detención que él era inocente y que simplemente unos militares llegaron a un restaurante donde estaba comiendo para arrestarlo.

Al respecto, la CNDH inició una investigación y determinó que Carlos no se encontraba en la casa de seguridad donde, según la versión oficial, habría sido detenido junto con el «Z-50», sino que se encontraba comiendo pollo en un restaurante.

«Él (un amigo) me invitó un pollo antes de ir a la escuela, y nos introducimos al restaurante, y como a eso de la seis y diez, más o menos, entraron unos soldados, revisando al personal, y a mí se aproximó un oficial o soldado, me sacó del negocio, y al revisarme se percató que en mi muñeca izquierda tengo un tatuaje, y me empezó a decir que era una escoria de sociedad y un malandrín», declaró ante el Ministerio Público, el 28 de septiembre.

Asimismo, la Comisión indicó que la propia Procuraduría General de la República concluyó que el arma que supuestamente habría entregado a los marinos al momento de su aprehensión, no tenía sus huellas dactilares, a pesar de que las autoridades aseguraron que se las entregó «voluntariamente».

Durante los 44 días que permaneció arraigado, Carlos asegura que fue torturado en varias ocasiones por los elementos federales, incluso, señaló que le hicieron una cortada como prueba de que le arrancarían un músculo.

La CNDH confirmó, a través del Protocolo de Estambul, que Carlos fue torturado por un lapso de 17 horas para que firmara una confesión, lo cual hizo que un juez lo vinculara a proceso por delitos contra la salud y portación ilegal de armas, razón por la cual continúa preso.

Por ello, la Comisión consideró que sí hubo una violación al derecho a la libertad y seguridad personal, integridad personal por actos de tortura, más allá de que no puede pronunciarse respecto a su inocencia o culpabilidad.

Así dice la resolución de la CNDH:

Tras su investigación, la CNDH constató que tres efectivos navales atentaron contra la
seguridad y libertad personales del agraviado, al detenerlo sin motivo ni fundamento alguno,
ya que no se acreditó que cometía delito en flagrancia como lo argumentaron sus aprehensores
en la puesta a disposición ante el Ministerio Público Federal.

Mientras los marinos señalaron que lo detuvieron cuando salía de una residencia en un
vehículo con personas armadas, cinco testigos afirman que fue asegurado dentro de un
restaurante sin orden de aprehensión o flagrancia delictiva que justificara la misma por lo que
se acreditó una detención ilegal, violatoria de su derecho a la libertad y seguridad personal.

De igual manera, la CNDH comprobó que el personal de la SEMAR retrasó por 17 horas y
media la puesta a disposición de la víctima, ya que lo retuvieron en una casa deshabitada
donde lo golpearon, para luego llevarlo al aeropuerto, subirlo a un avión y trasladarlo a la
SEIDO, en la Ciudad de México, donde fue presentado ante el Ministerio Público Federal.

Para esta Comisión Nacional, los efectivos de la SEMAR vulneraron el derecho a la integridad
y seguridad personal de la víctima, al provocarle de manera intencional sufrimientos físicos y
psicológicos con la intención de que aceptara lo que los agentes aprehensores le decían sobre
la organización delictiva a la que se le vinculó, lo que constituyó tortura en su agravio.

Loanterior, a sabiendas de las consecuencias que su conducta provocaría en el detenido, y
conociendo la prohibición de ejecutar actos que vulneraran sus derechos humanos.
En el certificado médico elaborado por la PGR se da fe de las lesiones que presentó el
agraviado al momento de ser puesto a disposición de la autoridad ministerial, lo que comprobó
un perito médico de este Organismo Nacional, por su parte el psicólogo de esta Comisión
Nacional señaló que al valorar su condición psicológica el agraviado sí presentó alteraciones
en su salud mental que se relacionan con actos de tortura que señaló el agraviado en su queja.

Esta Comisión Nacional comprobó que el médico de la SEMAR que realizó la certificación
física a la víctima omitió realizar examen médico exhaustivo, apegado a los pasos y protocolos
para elaborar el certificado médico de lesiones, lo que infringió los principios de legalidad y
seguridad jurídica del agraviado.

En consecuencia, los cuatro servidores públicos de la SEMAR incurrieron en violaciones a los
derechos humanos a la libertad y seguridad personal, y a la integridad personal por actos de
tortura, por lo que la CNDH recomienda al Secretario de Marina instruir la reparación integral
del daño, que incluya atención psicológica; inscribir al agraviado en el Registro Nacional de
Víctimas, para que tenga derecho a los beneficios de ley; colaborar en el seguimiento de la
averiguación previa que se instruye ante la PGR contra los agentes navales que intervinieron
en el caso y en el procedimiento administrativo que se promoverá ante al Órgano Interno de
Control de la SEMAR contra los mismos.

Además, se capacite a los servidores públicos de la SEMAR en materia de derechos humanos,
para evitar detenciones ilegales, e instruir al personal médico de esa instancia sobre la emisión
ética y legal de las certificaciones físicas de personas y el aviso inmediato a las autoridades
competentes, así como también deberán acreditar un curso sobre la correcta aplicación del
“Protocolo de Estambul”.

Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada a su destinatario, puede consultarse
en la página www.cndh.org.mx

Con información de Animal Político.