El Tribunal Colegiado dictaminó que juez de control celebre audiencia para abordar la prisión domiciliaria para Murillo Karam señalado en caso Ayotzinapa
Regeneración, 5 de abril de 2024. Un Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito modificó la medida cautelar para el ex procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, permitiéndole enfrentar sus procesos penales bajo prisión domiciliaria.
Durante una sesión pública y por mayoría de votos, el Tribunal resolvió el recurso de revisión incidental 28/2024, favoreciendo a Murillo Karam, acusado en la causa penal 41/2023.
Dadas su enfermedad y avanzada edad, se consideró que no existe riesgo de fuga, permitiendo así su permanencia en domicilio.
Inicialmente, el juez de Distrito concedió la suspensión, pero no con los efectos requeridos por Murillo Karam, lo que llevó a la revisión incidental.
Murillo gana
Por otra parte, el Tribunal argumentó que el Código Nacional de Procedimientos Penales permite la prisión domiciliaria en casos de imputados mayores de setenta años o con enfermedades graves.
E incluso portales destacan que Murillo Karam, ex procurador y mayor de setenta y cinco años, padece una enfermedad grave, aspecto no rebatido por la fiscalía.
Esto es, la medida no significa libertad, sino un cambio en el lugar de reclusión, basado en el riesgo de fuga y las circunstancias personales del imputado.
Por ello, además, el Tribunal dictaminó que el juez de control debe considerar la prisión domiciliaria para Murillo Karam.
Asimismo, estableciendo las condiciones necesarias para asegurar su cumplimiento, mediante un debate en audiencia pública.
Defensa de Murillo
Al tiempo que en redes se indica que la defensa de Murillo Karam, -acusado de desaparición forzada, entre otros- estimó que el exprocurador pueda salir de la cárcel en los próximos días.
Esto para seguir su proceso en su domicilio.
Y es que Jesús Murillo Karam, quien fuera titular de la Procuraduría General de la República (PGR) durante el sexenio del priista Enrique Peña Nieto se acogió al artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
Además, establece una excepción para que la aplicación de la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico o geriátrico.
Lo anterior, bajo las medidas de protección que procedan, en aquellos supuestos en que el imputado sea mayor de 70 años o que padezca una enfermedad grave.
En este caso, Murillo Karam padece una enfermedad grave y tiene más de 75 años.
Además, de acuerdo con sus abogados, sufre pulmonar obstructiva crónica (EPOC), hipertensión arterial sistémica e insuficiencia vascular cerebral.
La defensa del exfuncionario solicitó el arresto domiciliario desde el 29 de junio de 2023, pero entonces le fue negado.
Murillo acusado
Seguidamente, portales destacan que el exfuncionario está acusado de presuntamente alterar y manipular evidencias y líneas de investigación del caso Ayotzinapa.
E incluso que ocho meses después de su arresto, el 18 de abril de 2023, la Fiscalía General inició un segundo proceso penal en su contra.
Esto, por los delitos de tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos en el caso de Felipe Rodríguez Salgado «El Cepillo», presunto miembro del grupo criminal Guerreros Unidos.
Finalmente, Murillo Karam irá a su residencia en Las Lomas de Chapultepec, donde fue detenido por autoridades en 2022.
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