Pese a marchas, adopción gay se convierte en jurisprudencia

Un día antes de la otra marcha por la familia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación convirtió en Jurisprudencia la adopción de parejas del mismo sexo, lo que la convierte en una ley.

 

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Regeneración, 23 de septiembre de 2016.- Esta mañana, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró jurisprudencia la adopción gay, resolviendo así los problemas para padres del mismo sexo en favor del interés superior del niño.

Anteriormente, la Corte había emitido dictámenes a favor de la adopción homoparental, sin embargo, al convertirse en jurisprudencia, garantiza los mismos derechos.

Una jurisprudencia se determina cuando una serie de fallos se hacen en el mismo sentido y motiva la modificación de normas o leyes. Por ejemplo en el caso de la adopción de parejas del mismo sexo, ya que se han presentado suficientes casos en los que la Suprema Corte a determinado que una pareja del mismo sexo puede adoptar en función del interés suiperior del menor, la jurisprudencia permitirá modificar nuestras leyes para que esto se convierta en ley.

La jurisprudencia que permite la adopción gay, determinó:

“La idoneidad de las personas para ser consideradas para adoptar debe atender únicamente a la posibilidad de brindar cuidado y protección al menor de edad, para incluirlo a una familia, y no puede atender, de manera alguna, a la pertenencia a un tipo de familia por un tipo de estado civil (soltero, casado, en concubinato, en sociedad de convivencia), ni por cierta orientación sexual”, dice en el Semanario de Judicial de la Federación.

“Cualquier persona en lo individual y cualquier pareja del mismo o distinto sexo deben ser consideradas en igualdad de condiciones como posibles adoptantes y lo que debe ser tomado en cuenta en dicho proceso es si la persona o personas cumplen con una serie de requisitos esenciales para ser consideradas como adoptantes, es decir, si cuentan con las características, virtudes y cualidades para brindarle una familia a los menores de edad”.

De esta manera, la Suprema Corte finiquita de una vez la controversia y los argumentos contra la adopción de parejas del mismo sexo, pues para el pleno, “ es insostenible la interpretación -implícita o explícita- en el sentido de que la homosexualidad de los adoptantes implica una afectación al interés superior de los menores adoptados”.

En la sesión que aceptó la constitucionalidad de la adopción homosexual votaron a favor nueve Ministros: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Ramón Cossío Díaz, José Fernando Franco González Salas, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Juan N. Silva Meza, Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales. El único voto en contra fue de Eduardo Medina Mora.

Con información del Semanario Judicial de la Federación.