SCJN tumba leyes contra la comunidad LGBT+

La SCJN elimina barreras discriminatorias en Campeche (INE para identidad de género) y borra el término ‘homosexualismo’ del Código Penal de Tamaulipas

Regeneración, 14 de diciembre de 2025.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) finalmente decidió darle un empujón al siglo XXI. Esta semana, el máximo tribunal ordenó la eliminación de normas en Campeche y Tamaulipas que, francamente, parecían redactadas con una pluma de ganso y mucha intolerancia.

Campeche: Menos trámites, más identidad

La Corte invalidó la exigencia de presentar la credencial del INE para tramitar el acta de nacimiento con el género autopercibido en Campeche.

Resulta que anteriormente a alguien en el congreso local se le ocurrió que el derecho a la identidad depende de un plástico de la autoridad electoral.

Lo anterior, sin prever alternativas como la presentación de pasaporte, acta de nacimiento, etcétera.

La SCJN fue clara: este requisito atentaba contra los derechos de niñas, niños y adolescentes al «libre desarrollo de la personalidad».

«Exigir un documento de identidad ciudadana para un trámite de identidad de género es una barrera discriminatoria que ignora la realidad de las infancias», señalaron las y los Ministros durante la sesión.

La cosa está así: se acabó el pretexto burocrático.

El fallo subraya que los estados tienen un plazo inmediato para ajustar sus reglamentos y asegurar que este derecho sea una realidad, y no un viacrucis administrativo.

Tamaulipas: Limpiando el lenguaje de las cavernas

Y como si fuera poco, en Tamaulipas todavía se daban el lujo de usar el término «homosexualismo» dentro de la tipificación del delito de corrupción de menores. Sí, en pleno 2025.

La Corte ordenó borrar esa palabrita del mapa jurídico, explicando que mantenerla solo servía para la estigmatización. Dicho de otro modo, el código penal sugería que ser homosexual era, por sí mismo, un factor de corrupción. Una joya del pensamiento medieval que seguía vigente por pura desidia legislativa.

«La inclusión de términos que patologizan la orientación sexual en tipos penales es una afrenta a la dignidad humana y refuerza prejuicios estructurales«, sentenció el tribunal.

Una realidad que muerde

No hay que olvidar que México ostenta el vergonzoso segundo lugar a nivel mundial en tasas de crímenes de odio contra la población LGBT+. No es solo un asunto de semántica o de actas de nacimiento; es una cuestión de supervivencia.

La neta, el compromiso de la Corte con la población LGBT+ es de los pocos contrapesos que nos quedan frente a la marea de prejuicios. Pero ojo, que la ley cambie en el papel no significa que el policía de la esquina o el burócrata de la ventanilla hayan dejado de vivir en 1950.

Un paso adelante para la diversidad, un golpe al hígado para los dinosaurios de la política estatal.