El Tribunal Electoral revocó el acuerdo del INE; determinó que no debe haber mayor restricción al derecho a la libertad de expresión.
Regeneración 10 de marzo de 2018.- A 20 días de que termine el periodo de intercampañas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del INE por el que prohibió la participación de candidatos en debates en medios de comunicación.
El Pleno de la Sala Superior votó por unanimidad revocar el acuerdo INE/CG112/2018, aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), el 19 de febrero. Pues considetan que no debe haber más restricciones a la libertad de expresión más que las previstas en la ley, así lo informa un boletín .
Sorprendentemente, esta decisión de la Sala Superior se emitió luego de analizar las quejas interpuestas por la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión, el PRI y su candidato a la presidencia, José Antonio Meade, y Televisión Azteca.
Además, consideraron que el acuerdo del INE excedió sus facultades reglamentarias al determinar parámetros de la organización y desarrollo de mesas de debates, de análisis u opinión en las que participen aspirantes a algún puesto de elección popular.
También señalaron que el órgano electoral carecía de atribuciones para regular los debates en esta fase del proceso electoral y se limitaba la libertad del ejercicio periodístico.