Suprema Corte ya se pronunció en favor de amparos contra las reformas retrógradas de 2017, señalan defensores de las audiencias
Regeneración, 21 de febrero de 2022. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en favor de los derechos de televidentes y radioescuchas. Es obligación de los medios de comunicación respetar y promover el derecho humano a la comunicación.
Lo anterior señaló la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA).
Además, consideró urgente y necesaria la ejecución plena de las resoluciones de la Corte en favor de los derechos de las audiencias.
Derechos
Y es que la Defensoría de la audiencia es un derecho instaurado en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2014.
Por ello la AMDA señala que el reconocimiento constitucional de los derechos de las audiencias significó concebir a radioescuchas y televidentes como personas con capacidad de discernir información.
Además de demandar y elegir los contenidos e información que requieren.
A su vez, responsabilizar socialmente a los concesionarios por los contenidos que emiten bajo un esquema de respeto a la libertad de expresión, sin censura alguna, señala.
Pluralidad
En este sentido la AMDA recordó que los derechos de las audiencias protegen la pluralidad de ideas, perspectivas y opiniones naturales en una sociedad democrática.
Con énfasis en la dimensión social de la libertad de expresión: el derecho de la población a recibir información de calidad y libre de discriminación.
Misma, que le permita participar en la vida pública, forjando sus propios criterios.
Modificaciones
Además, los defensores de las audiencias, recordaron las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2017.
Y señalaron que éstas, disminuyeron la protección y garantía de los derechos de las audiencias.
Asimismo, atentaron contra la progresividad que caracteriza a los derechos humanos y el principio pro-persona. Es decir, que se favorezca la norma que beneficia mayormente a la población.
Supremas Audiencias
Sin embargo, la AMDA recordó la resolución de dos amparos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación como máximo órgano constitucional en uso de sus facultades.
En los cuales se ha resuelto de manera contundente e inapelable la progresividad de los derechos de las audiencias como derechos humanos.
Lo anterior en al menos dos amparos civiles, uno de ellos, interpuesto por esa asociación defensora de las audiencias.
En consecuencia estableciendo que la Constitución mandata generar mecanismos para su garantía y protección, indicó la AMDA.
Medios
Finalmente recordó que dicha asociación desde su origen se ha manifestado irrestrictamente por el fortalecimiento, promoción y defensa de los derechos de todas las audiencias.
Y subraya «cuyo cumplimiento es responsabilidad de los medios de comunicación».
Por ello exhortaron al Congreso para que la regulación en materia de los derechos de las audiencias se haga con apego a los estándares internacionales a los cuales se ha comprometido el Estado mexicano.
Esto, para la garantía del derecho humano a la comunicación, a través del fortalecimiento Instituto Federal del Telecomunicaciones, como órgano autónomo especializado en la materia.