Cabe mencionar que esta medida aplicará en cualquier depósito ya sea en moneda nacional o extranjera en cuentas de personas físicas o morales
Regeneración 5 junio 2021. De acuerdo con la regla 3.5.13 de la Miscelánea Fiscal 2021, si recibes o realizas un depósito mayor a 15 mil pesos deberá declararse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Los encargados de realizar la declaración serán todas las instituciones del Sistema Financiero y aplicará a todos aquellos movimientos que se realicen a cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes de dichas instituciones.
Dicho trámite se realizará toda vez que el monto mensual acumulado exceda los 15 mil pesos.
Es decir si los depósitos directos a tu cuenta terminan por exceder esa cantidad, tendrán que ser declarados aunque sean depósitos en abonos.
Cabe mencionar que esta medida aplicará en cualquier depósito ya sea en moneda nacional o extranjera en cuentas de personas físicas o morales.
También aplicará a todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja. Solo quedarán exentos de revisión los depósitos que se realicen mediante transferencias electrónicas o traspasos.
Por su parte, las instituciones bancarias tendrán la responsabilidad de presentar los informes ante el SAT el 10 de cada mes.
¿Qué datos entregan los bancos con depósitos?
Las instituciones del Sistema Financiero son las que tienen que hacer la declaración del depósito y según los reglamentos del SAT los datos que se incluyen son:
- Datos de identificación de la institución
- Información del contribuyente (RFC, CURP, Nombre completo, Domicilio, correo y teléfono)
- Número de cuenta, tipo de cuenta y datos de todos los cotitulares)
- Fecha y cantidad del depósito en efectivo
- Corte mensual de depósitos en efectivo (Total de depósitos, cantidad excedente y total de operaciones)
Ante el anuncio de esta modalidad se generó la duda sobre si al sobrepasar la cantidad de 15 mil pesos se pagaría algún impuesto.
El SAT señaló que no e indicó que las instituciones bancarias son los responsables de gravar dicho impuesto conocido como Impuesto Sobre Depósito en Efectivo (IDE).