El SAT añadió 116 nombres a la lista global de presuntas empresas factureras debido a que emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal e infraestructura
Regeneración, 19 de abril de 2021. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) añadió 116 nombres al listado global de presuntas empresas factureras, también conocidas como empresas fantasma; emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
En la lista negra
El Diario Oficial de la Federación(DOF), divulgó que entre las empresas listadas, se encuentran personas físicas, consultoras, arrendadoras; también, empresas de asesoría, constructoras, de servicios aduanales, comercializadoras, despachos de contadores, empresas de logística, entre otras.
Supuesto de presunción
Por lo que a estas empresas se les colocó en el supuesto de presunción, con base en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; se les notificó a cada una de ellas el oficio individual de presunción, en el cual se pormenorizaron los hechos particulares por los cuales se les consideró procedente la referida presunción.
De acuerdo con este artículo, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el
listado tiene un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última
de las notificaciones, para presentar la documentación e información que considere pertinente para desvirtuar los hechos pormenorizados.
Si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados, se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o
razón social en el listado de los contribuyentes que no han desvirtuado los hechos que se les imputan.
Detener facturación de operaciones inexistentes
El SAT indicó que se hace porque es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes; que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.