La Reforma Judicial va, es totalmente válida: Sheinbaum

Ernestina Godoy y Ministro Saldívar: En Reforma Judicial hay un artículo transitorio que derogan cualquier disposición que se oponga al decreto

Ernestina Godoy y Ministro Saldívar: En Reforma Judicial hay un artículo transitorio que derogan cualquier disposición que se oponga al decreto

Regeneración, 10 de octubre de 2024. En la Mañanera del Pueblo, Claudia Sheinbaum cedió la palabra a Ernestina Godoy y exministro Arturo Saldívar para abordar las aparentes contradicciones en la Reforma Judicial.

Cabe destacar que se trata del artículo 97 de la Constitución que describe la forma de elección de la presidencia de la Suprema Corte, mismo que se encuentra de facto derogado por la nueva ley.

Sheinbaum aclara

Por ello la presidenta de México pidió la presencia de Ernestina Godoy, Consejera Jurídica de la Presidencia.

«Solamente para comentar esto que ha estado en la comentocracia. Lo que están intentando por cualquier medio: confundir a la ciudadanía».

«Pero es muy sencillo: hay mucha teoría, mucha doctrina. Es una cosa que se llama antinomia, que sucede en todos los países, en muchas de las leyes y que tiene salida».

Esto es, expresó, » una salida jurídica que permite tener claridad».

Claridad

Así, ante Sheinbaum se explicó que el artículo 94 de la Constitución fue objeto de modificación y que por ello, se deroga lo establecido con anterioridad en otro artículo, el 97 constitucional.

Aquí está muy claro el artículo 94. Este artículo fue objeto de la reforma, está en la reforma que recién se aprobó del Poder Judicial.

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Mismo que «establece claramente que se renovará cada dos años la presidencia de la Suprema Corte de Justicia, y cómo se va a resolver, de manera rotatoria, en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva».

E incluso, «correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación. Esa es la reforma».

Tras lo anterior Godoy precisó:

«Y se queda lo que han estado manifestando de manera incorrecta, que eso es lo que ahora confunde».

Seguidamente explicó Godoy que en el artículo 97 «este párrafo no fue objeto de la reforma, eso ya estaba en la Constitución, que habla de otra manera de elegir y otro periodo».

«Eso se resuelve con un artículo transitorio —que si me hacen favor de pasarlo—, es el artículo transitorio décimo segundo: ‘Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto’».

Es así de sencillo: «lo que es válido es lo que se aprobó en la reforma, es rotatoria, es cada dos años, de acuerdo a la votación que se obtuvo.

«Entonces, no hay ninguna confusión, no hay ninguna posibilidad de dar otra interpretación».

Seguidamente reiteró a Sheinbaum:

«Así que es totalmente válida la reforma y queda claro cómo se va a nombrar a la presidencia de la Suprema Corte de Justicia, no hay ningún problema».

Arturo Saldívar dice

Por otra parte durante la Mañanera de la presidenta el ministro Arturo Saldívar señalo:

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«La consejera ha explicado con toda claridad este aparente problema de la reforma, que no lo es. E insisto en algo que ella dijo: este tipo de antinomias o aparentes contradicciones cuando hay una reforma».

Abundo que, «sobre todo una reforma tan importante, son frecuentes no sólo en México; en cualquier país del mundo. Y para resolverlos hay dos maneras».

Esto es, explicó Saldívar, «una, una forma legislativa como la que se tomó en la reforma constitucional, donde claramente se establece que todas las disposiciones contrarias al decreto de reforma se derogan».

Además, «otra, es también un criterio interpretativo».

Las dos normas, la que establece que la presidencia de la corte se va a elegir de manera rotativa de acuerdo al número de voto y el artículo que prevé que es cada cuatro años resuelven la misma problemática.

Sin embargo, «la regla de dos años viene de la reforma constitucional reciente y el otro precepto deriva de la reforma judicial de 1994. Consecuentemente, ley posterior deroga a ley anterior».

El artículo que establece que la presidencia de la corte es cada cuatro años, «aunque formalmente esté en la Constitución, ya no es constitución, se encuentra derogado».

«Consecuentemente, no es necesario hacer ningún ajuste, y la reforma judicial previó la posibilidad de cualquier conflicto con el artículo transitorio».

Finalmente, tras las explicaciones de los abogados, la presidenta Sheinbaum rechazó vaya a reunirse con Norma Piña o con el Poder Judicial. Para eso está Gobernación, explicó.

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