Magistrados del TEPJF decidieron por unanimidad que el informe presentado por el presidente López Obrador violó la veda electoral.
Regeneración, 26 de mayo del 2021. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó sancionar al presidente, Andrés Manuel López Obrador, luego de que el mandatario difundió un mensaje por sus primeros 100 días de gobierno el pasado 30 de marzo.
Los magistrados del TEPJF decidieron por unanimidad que el informe del presidente López Obrador se trató de un acto ilícito de propaganda gubernamental personalizada, con lo que se violó la veda electoral.
De acuerdo con los magistrados, el presidente López Obrador realizó dicho informe cuando seis estados ya estaban en campañas.
Fue en estos mismos estados donde se difundió el evento del presidente a través de 38 emisoras de radio y canales de televisión locales.
La magistrada del TEPJF, Jeanine Otálora Malassis, indicó que el mensaje del presidente López Obrador no se ajustó a los parámetros permitidos.
Asimismo, señaló que durante la época electoral solamente está permitido la difusión de propaganda relativa a las autoridades electorales, así como de servicios educativos y de salud, o por temas relacionados a la protección civil, en casos de emergencias.
Por su parte, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón señaló que las tres
premisas (personal, objetiva y temporal) presentadas en la jurisprudencia electoral no se respetaron.
Por lo cual, se establece que si existió ilegalidad en la difusión del mensaje realizado por el presidente López Obrador.
“Bajo estas premisa se establece que con la difusión del evento en esos
seis estados, si se generó el ilícito constitucional de cuenta”, señala la sentencia.
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