La historia ha conmovido a muchos internautas y hasta el momento el video ya lleva más de 104 mil reproducciones, y más de 2 mil compartidas
Regeneración, 23 de noviembre de 2018.– En redes sociales si hizo viral un video donde un joven le declara su amor a una chica y le pide que sea su novia de una manera muy peculiar.
En la filmación viral se observa a la joven asombrarse al recibir una bolsa que le entregó su pretendiente, y ella pregunta ¿son tacos? a lo que el joven responde ábrelo.
El muchacho le pide la chica que se apresure, pero se observa que la bolsa estaba bien atada y eso impedía que pudiera ver lo que contenía.
Al abrir la bolsa la joven observa que en el interior había un papel, y ella lo toma y lo lee, se observa que decía: ¿quieres ser mi novia?, a lo que la chica al leerlo, entra en llanto y responde, claro que si quiero ser tu novia.
La historia ha conmovido a muchos internautas ya que hasta el momento el video ya lleva más de 104 mil reproducciones, y más de 2 mil compartidas.
Luego de la primera caída de nieve en el Nevado de Toluca, miles de turistas visitaron el parque nacional y dejaron alrededor de 20 toneladas de basura
Regeneración, 23 de noviembre de 2018. El pasado fin de semana, alrededor de tres mil turistas que visitaron El Nevado de Toluca, dejaron 20 toneladas de basura. Los ejidatarios de San Juan de las Huertas, municipio de Zinacantepec, quienes son los cuidadores y responsables del cuidado del Volcán Xinantécatl, hacen un llamado a los visitantes para que sean conscientes de no tirar basura en este parque nacional.
El presidente del consejo de vigilancia, José Guadarrama Núñez, detalló que desde el fin de semana pasado que se registró la caída de nieve, es visitado por cientos de personas, pero, debido a las condiciones del clima y el mal estado de la carretera, se cerró el paso a la altura del Parque de los Venados, al día ingresan alrededor de 300 automotores con un aproximado de mil 200 personas.
Pese a que se restringió la entrada de automóviles, llegaron cintos de vehículos que colapsaron la carretera de terracería. Al parecer los turistas fueron quienes arrojaron basura sobre el camino y áreas boscosas, por lo que se pide a los visitantes que se abstengan de hacerlo, porque contamina el área natural.
Los responsables del cuidado del parque dicen que los visitantes llegan con “poca educación” a cortar la flor endémica, una rosa negra que les han recogido a los visitantes a su salida.
La Secretaría de Turismo del Estado de México, reconoció que no existe control sobre los visitantes al Nevado de Toluca, hay algunas restricciones para llegar al volcán, pero es necesario coordinarse con los municipios para que se genere alguna estrategia que permita mantener el parque nacional limpio.
El presidente de la Comisión de Comercio del Ayuntamiento de San Juan del Río , Querétaro, anunció que en las próximas semanas definirán las sanciones para quienes usen bolsas de plástico
Regeneración, 23 de noviembre de 2018. Jesús Mejía Cruz, presidente de la Comisión de Comercio del Ayuntamiento de San Juan del Río, anunció sobre las sanciones para quienes usen bolsas de plástico , se integrarán en la ley de ingresos de 2019 para vigilar la aplicación de dicha normativa.
Mejía Cruz detalló que en las próximas semanas deberán definir las sanciones que se aplicarán a esta falta, tomarán como referente la reglamentación que se ha establecido en otras ciudades, que ya han regulado el uso de las bolsas plásticas.
Luego de la presentación del punto de acuerdo para iniciar los trabajos que permitan promover la cultura del cuidado ambiental a través de la reducción de desechos, las autoridades promovieron mesas de trabajo con comerciantes y cámaras empresariales para aplicar de manera paulatina estas medidas.
El regidor indicó que la intención es que se establezcan las pautas para la aplicación de esta reglamentación de una manera no coercitiva, es decir, que se establezca el diálogo de manera previa a la aplicación de sanciones por el uso de plásticos.
Esta medida entrará en vigor a partir de enero del 2019 en dicho municipio, establecerán un periodo para que inicialmente se hagan amonestaciones a quienes incumplan con este reglamento, una vez que se apruebe, antes de aplicar sanciones económicas.
Inicialmente se restringirá el uso de bolsas de plástico y popotes en establecimientos de la ciudad, posteriormente podrán incluir restricciones para el uso de otros materiales desechables, como el unicel.
“En Europa ya han establecido que para el 2021 se debe erradicar el uso de cualquier material que sea desechable, es decir, de cualquier material que tenga un solo uso”, aseveró Jesús Mejía.
El municipio de San Juan del Río se convirtió en el segundo de la entidad en presentar iniciativas para frenar el uso de estos materiales plásticos, el propósito es reducir el impacto que estos tienen en el medio ambiente.
Topolobampo, Sinaloa; no podrá operar la fábrica de Amoniaco por orden del juez , para dar paso al juicio de amparo
Pescadores, mareños, ambientalistas festejan la medida ya que consideran que peligra el litoral sinaloense
Regeneración, 23 de noviembre del 2018. Topolobampo, Sinaloa. El juez del VI distrito concedió hoy 22 de noviembre la suspensión definitiva de toda obra y actividad de la planta de Amoníaco hasta la terminación del juicio de amparo.
Así lo informó en redes sociales, por el Colectivo Ecológico ¡Aquí, no!
Los promoventes extranjeros en lugar de impugnar se han exhibido como la mafia del poder, han presionado para que el firmante se desista pasando de las amenazas a los ofrecimientos económicos.
En estos momentos Integrantes de las comunidades indígenas no solo combaten legalmente ese intento burdo de chantaje sino que desde la semana pasada obtuvieron en el mismo juzgado otra suspensión provisional.
La situación de la Planta Demoniaca, de los labastidas y de los malovas, no cambia: Sigue paralizada.
DETENER LA CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA DE AMONIACO QUE AFECTARA EL HUMEDAL DE TOPOLOBAMPO.
La fábrica de fertilizantes de Topolobampo, que representa una inversión inicial de mil millones de dólares y que es promovida por el Gobernador de Sinaloa, Mario López Valdez; gestionada por Francisco Labastida Ochoa y operada por su hijo, Francisco Labastida Gómez de la Torre, se construirá dentro del humedal Santa María-Topolobampo-Ohuira, una reserva natural protegida por normas nacionales e internacionales.
¿Que debe conservarse? ¿La inversión millonaria o el ecosistema que es vital para el 84 por ciento de las aves migratorias que cruzan por el país, así como para las tortugas en peligro de extinción?
Ahora lo motiva un interés contrario: mostrar la plataforma rellenada con piedra, una superficie en la Bahía de Ohuira de 267 mil 500 metros cuadrados que pertenece al polígono del noveno humedal de mayor prioridad del país y, sobre la cual será construida la fábrica que producirá 2 mil 200 toneladas métricas diarias de amoniaco anhidro. Una de las más grandes, aún sin construir, en América Latina.
Infidelidad sexual no puede ser considerada un hecho ilícito para sustentar una condena por daños moral dice la Primera Sala
Regeneración, 23 de noviembre del 2018. Infidelidad sexual en matrimonio, por si misma, no puede ser considerada como un hecho ilícito a efecto de sustentar una condena por daño moral.
En sesión de 21 de noviembre de 2018, a propuesta de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 183/2017.
La Primera Sala estableció que la infidelidad sexual en el matrimonio, por sí misma, no puede ser considerada un hecho ilícito para efecto de sustentar una condena por daño moral.
El portal de información de la Suprema Corte, detalló ademas:
Se sostuvo que la fidelidad en el matrimonio es una cuestión de carácter personalísimo en la que tiene cabida la autonomía de la voluntad de los cónyuges y cuya observancia no puede ser exigida coactivamente.
Por ende, el control estatal necesariamente se ve limitado en cuanto a la imposición de consecuencias jurídicas distintas a la disolución del vínculo matrimonial.
Para la Sala resulta relevante tener en cuenta que el deber conyugal referido está sustentado en el vínculo sentimental y afectivo que se presupone entre los consortes.
Aspecto de la vida conyugal que se circunscribe a la intimidad de la pareja, de manera que los acuerdos conforme a los cuales deciden vivir la vida en común atañen a ambos y preponderantemente son inherentes a ese ámbito.
En ese sentido, la conducta de infidelidad sexual en el matrimonio trae aparejada la asunción de la consecuencia jurídica de la eventual disolución del vínculo, pero no es susceptible de un reproche bajo las reglas de la responsabilidad civil para dar lugar a una condena económica por el posible daño a los sentimientos y afectos del cónyuge ofendido.
El líder del sindicato de Bomberos en la Ciudad de México, Ismael Figueroa, fue bealeado en el Parque México, fue trasladado al hospital Mocel, se reporta como grave
Regeneración, 23 de noviembre de 2018. Ismael Figueroa, el líder del sindicato de Bomberos en Ciudad de México,fue atacado a balazos en el Parque México, en la colonia Condesa. Se reporta que el excandidato a diputado por el PRD fue trasladado al hospital Mocel con una herida de bala.
Tras la balacera hay una intensa movilización policiaca, donde además de Ismael Figueroa, hay otros dos compañeros heridos.
Los primeros reportes apuntan que, Figueroa Flores y sus compañeros se encontraban en un restaurante de comida libanesa cuando dos personas los atacaron.
Preliminarmente se presume que fue un ataque directo.y se indica que hay una persona detenida.
El líder de bomberos recibió tres impactos de bala y lo reportan como grave.
El atentado ocurrió en el noroeste de Pakistán, en la entrada de un mercado, dejó más 30 personas muertas
Regeneración, 23 de noviembre de 2018. Este viernes, un atentado con bomba, dejó al menos 35 muertos y 35 heridos al norte de Pakistán, informaron autoridades. La explosión se registró en la zona de verduras del mercado.
Este es el segundo atentado del día en el país asiático, luego de un asalto contra el consulado chino en la sureña Karachi que dejó siete muertos.
El ataque suicida se hizo en un festival que se lleva a cabo todos los viernes, informó Reuters Abbas Khan, comisariado asistente de seguridad.
El agente de la policía local Thair Ali detalló que la mayoría de las víctimas del atentado contra el mercado de la localidad de Klaya eran musulmanes chiíes.
No se atribuyó de inmediato a ningún grupo la autoría del ataque. En los últimos años, orakzai ha sido el escenario de varios ataques insurgentes, la mayoría de suníes paquistaníes.
Tras lo ocurrido, las fuerzas de seguridad acordonaron la zona y pusieron en marcha una investigación para esclarecer los hechos.
El primer ministro de Pakistán, Imran Khan, “condenó energicamente” el atentado terrorista en el bajo Orakzi y el frustrado ataque en el consulado chino de Karachi.
This is the three who came to attack the Chinese Consulate to die for the deadly death, and the young men of our police and Rangers surrendered to them.
Hello, those young men who offer their lives pic.twitter.com/VO3wkuc3Cg
Rachael Ostovich acusó a su esposo, el también luchador Arnold Berdón, ante las autoridades de Hawaii tras la agresión física en la que la luchadora resultó con fractura en la cara y golpes en cabeza y torso
Ostovich es luchadora de la UFC, y es llamada “la mujer maravilla”
Regeneración, 23 de noviembre del 2018. Rachael Ostovich, estrella de la lucha en las filas de la UFC fue agredida por su esposo el fin de semana pasado. Tras la golpiza que le propinó el también luchador Arnold Berdon de la MMA, tuve que recibir atención hospitalaria. La luchador profesional víctima de violencia doméstica acudió ante las autoridades para acusar intento de homicidio.
El 18 de noviembre de 2018, Ostovich fue violentamente agredida por su esposo en su ciudad natal de Honolulu.
Ostovich relató su asalto:
Después de una noche con mi familia, (Arnold Berdon) me golpeó repetidamente la cabeza, la cara, las costillas, haciéndome caer al suelo. Jadeé por respirar y escapé a través del balcón. Tosí sangre, vomité siete veces.
Como resultado de las heridas resultó con el hueso orbital agrietado.
Rachael estaba preparada para pelear contra Paige VanZant en enero pero ella ya se retiró después de que le diagnosticaron las lesiones.
Por su parte el luchador Arnold Berdon es un peleador de peso gallo quién fue arrestado tras la agresión en contra de su conyuge y enfrentará cargos por intento de homicidio.
Berdón recibió orden de la Corte en la que se le impide acercarse a su esposa e hija.
Además, Ostovich afirma que este incidente no fue la única vez que su esposo la golpeó físicamente y citó un hecho específico el 6 de mayo de 2018, donde supuestamente la golpeó repetidamente en las piernas, dejando moretones.
Ostovich presentó una orden de restricción el lunes y afirmó que Berdon es un peligro para su hija de cinco años. Según los términos de la orden de restricción temporal, que expirará el 18 de mayo de 2019, Berdon debe mantenerse a 100 pies (30 m) de ambos.
Rachael fue vista en Hawái el jueves por primera vez desde que su esposo Arnold Berdon fue arrestado el martes por intento de asesinato … y ella agradeció a sus admiradores por sus buenos deseos y dijo que estaba bien.
Playas de México no podrán ser cercadas o de acceso restringido
Diputada de Morena propone que se multe con 20 millones de pesos a quien obstaculice playas o impida la circulación en las mismas
Foto: Redes sociales
Regeneración, 23 de noviembre del 2018. Playas con libre circulación es lo que se busca asegurar con la propuesta de Yadira Regalado Mardueño. diputada por Baja California por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
Lo que se propone es multar a quienes impidan la libre circulación por las playas mexicanas.
Las multas ascenderían hasta los 20 millones de pesos.
Los concesionario de uso de playa que reincidan se le sancionará con el retiro del título de concesión, permiso, autorización o acuerdo de destino.
Regalado Madueño recuerda que en La Huerta, Jalisco, organizaciones civiles, ciudadanos comunes y pescadores acusan que 33 de las 36 playas están рrácticamente cerradas al público.
En Akumal, Quintana Roo, decenas de рersonas han sido agredidas por su demanda legítima de acceder a las playas, según consta en denuncias interрuestas por los proрios pobladores, así como la Unión Vecinal Solidaridad y la Comisión Nacional e Internacional de Organizaciones y Confederaciones de Derechos Humanos, agrega la diputada.
En Bahía de Banderas y San Blas, Nayarit, se señalan en el primer caso acciones de concesionarios de terrenos aledaños al mar que se han adueñado de calles y avenidas para impedir a la población a transitar hacia algunas zonas costeras; por otra parte, se cuestiona el desplazamiento de comunidades huicholes de sus lugares sagrados en Playa del Rey.
En Los Cabos, Baja California Sur, prolifera el malestar ciudadano por la falta de acceso a las playas, sobre todo de parte de hoteleros y concesionarios de espacios turísticos. También lo exponen especialistas en Historia Ambiental de la Universidad Autónoma de Baja California Sur y del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, quienes califican de “acciones arbitrarias” por la omisión de las autoridades ante esa ilegalidad.
En Guaymas, Sonora, se advierte la presencia de cercas con letreros de “propiedad privada” que cierran en San Carlos los pasos a la zona marítima y en Los Algodones se han llegado a cobrar 20 pesos por persona para acceder a la playa, ante la plena omisión o confabulación de las autoridades. Este tipo de abusos se multiplican en Guerrero, Oaxaca, Chiapas y Campeche, por citar ejemplos en algunos estados con litoral donde también surgen quejas recurrentes por la anulación del derecho ciudadano para acceder al mar.
La iniciativa de Ley.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, a cargo de la diputada Carmina Yadira Regalado Mardueño, del Grupo Parlamentario de Morena
Que suscribe, Carmina Yadira Regalado Mardueño, diputada federal en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de conformidad con lo establecido por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa que reforma el artículo 120 y se adiciona un tercer párrafo al artículo 8 y un artículo 154 de la Ley General de Bienes Nacionales, en relación con las garantías de los ciudadanos al libre acceso, uso y disfrute de las zonas costeras, con especial énfasis en las playas, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Considerando que México destaca en el mundo por la extensión de sus litorales, cuya longitud se extiende en 7 mil 828 kilómetros en el océano Pacífico, mientras que por la vertiente del océano Atlántico alcanza 3 mil 294 kilómetros, en suma, cuenta con 11 mil 122 kilómetros de litorales, exclusivamente en su parte continental, lo que le ubica en segundo lugar entre los países del continente americano, sólo superado por Canadá que tiene más de 28 mil kilómetros de costas.
La prodigalidad, variedad y contrastes de los mares y océanos que le circundan, aunados a las bellezas naturales y biodiversidad, más la creciente inversión en instalaciones e infraestructura hotelera y calidad de los servicios, han contribuido a un muy favorable crecimiento en materia de turismo. Entre otras, estas condiciones han permitido un crecimiento del turismo internacional en nuestro país durante los últimos años.
En datos, sólo en el primer trimestre de este 2017 el sector creció en 4.1 por ciento en comparación con el mismo período del año anterior y permitió captar divisas por 3 mil 713 millones de dólares, cifra mayor en 10.6 por ciento en comparación con el mismo lapso de 2016. De acuerdo con los mismos registros de la Secretaría de Turismo, en los que se incluye el turismo de playa, el año pasado arribaron al país 35 millones de turistas internacionales, 9.0 por ciento más que en 2015 y 50 por ciento más que en 2012, lo que permite apreciar la importancia de este sector para el fortalecimiento de la economía nacional.
La Organización Mundial del Turismo (OMT) confirmó que México pasó del octavo al sexto lugar en recepción de turistas internacionales, al registrar 39.3 millones de visitantes extranjeros que arribaron al país el año pasado, con lo que supera a potencias como Reino Unido, Turquía y Alemania.
Con base en el documento Panorama OMT del Turismo Internacional 2018, las cifras del ranking mundial correspondientes a 2017 indican que el país ascendió dos lugares en el ranking mundial al pasar del octavo lugar en 2016, con 35.1 millones de turistas internacionales, al sexto sitio, con 39.3 en 2017, lo cual representa además un crecimiento de 12 por ciento en el flujo de viajeros.
En contraparte, el continuo crecimiento de este sector económico trae aparejado un fenómeno que afecta de manera dramática a un considerable sector de la población mexicana, sobre todo en lo que respecta al uso y disfrute de las playas y zonas marítimas de la nación. Y es que, motivados por la falta de regulaciones, más una laxa y hasta negociable aplicación de las existentes, se advierte una cada vez mayor presencia de empresarios y particulares con pretensiones de atraer visitantes mediante el ofrecimiento de zonas “exclusivas” para personas de muy altos ingresos, a las que se ofertan playas “privadas” en detrimento de los derechos de terceros.
De conformidad con esta lo anterior, se presume que, en México, desde hace años se da un proceso silencioso de privatización o apropiación de facto de las playas por parte de particulares, la mayor parte de ellos, concesionarios de la zona federal marítimo terrestre, entre los que destacan desarrolladores inmobiliarios y prestadores de servicios turísticos.
El problema de la privatización de las playas marítimas alcanza afectaciones tales como: la población local, los visitantes nacionales y extranjeros y, debemos tenerlo claro, sólo beneficia a un grupo reducido de empresarios, tendiendo así a la concentración de la riqueza y la desigualdad económica. Éstos últimos tratan de atraer segmentos del mercado de altos ingresos, basando su oferta en el dominado “producto de sol y playa”, complementado el plus de la exclusividad, mismo que tiene como segmento personas de muy altos ingresos, tanto nacionales, como extranjeros que dada la lógica del mercado pueden adquirir el beneficio del oferente.
En este sentido, al hospedarse en un hotel “exclusivo”, se obtiene el privilegio de poder gozar de manera privada de las playas marítimas que son bienes de uso común. Situación que rompe con los postulados legales contra la discriminación, la exclusión y los privilegios, esta situación no es única de turistas nacionales y extranjeros, ya que alcanza a la población local, pues no sólo impiden el libre tránsito y disfrute de los recursos naturales, sino puede afectarles en la realización de diversas actividades económicas relacionadas con estos espacios. A lo anterior hemos de sumar que los propietarios de terrenos aledaños al mar o concesionarios de zonas marítimas cercan sus espacios sin dejar una vía o derecho de paso a las costas, violando con ello el derecho al libre tránsito que concede la Constitución a todo individuo, que señala en su artículo 11:
Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorioy mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.
Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones.
Atento a lo anterior, los que impiden, bloquean, cierran o trastocan los derechos de vía lo hacen por omisión o colusión de quienes deben velar por el bien público o, en su caso, por indefiniciones de leyes secundarias y reglamentarias en la materia.
Sin embargo, las leyes y reglamentos de nuestro país si señalan lo relativo al libre tránsito en las playas, lo único malo es la aplicación de los mismos, un ejemplo muy claro es el Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar, donde se establece que:
Artículo 5o.Lasplayas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar, o a cualquier otro depósito que se forme con aguas marítimas, son bienes de dominio público de la Federación, inalienables e imprescriptibles y mientras no varíe su situación jurídica, no están sujetos a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional.
Corresponde a la Secretaría poseer, administrar, controlar y vigilar los bienes a que se refiere este artículo, con excepción de aquellos que se localicen dentro del recinto portuario, o se utilicen como astilleros, varaderos, diques para talleres de reparación naval, muelles, y demás instalaciones a que se refiere la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; en estos casos la competencia corresponde a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Aunado a lo anterior, el mismo reglamento antes señalado establece en su artículo 7o. que las playas podrán disfrutarse y gozarse por toda persona, así como la prohibición de construcción e instalación de elementos y obras que impidan el libre tránsito por dichos bienes.
Artículo 7o. Las playas y la zona federal marítimo terrestre podrán disfrutarse y gozarse por toda personasin más limitaciones y restricciones que las siguientes:
I. La secretaría dispondrá las áreas, horarios y condiciones en que no podrán utilizarse vehículos y demás actividades que pongan en peligro la integridad física de los usuarios de las playas, de conformidad con los programas maestros de control;
II. Se prohíbe la construcción e instalación de elementos y obras que impidan el libre tránsito por dichos bienes, con excepción de aquéllas que apruebe la Secretaría atendiendo las normas de desarrollo urbano, arquitectónicas y las previstas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y
III. Se prohíbe la realización de actos o hechos que contaminen las áreas públicas de que trata el presente capítulo.
Sin embargo, aun existiendo esta regulación se da que en importantes y diversas zonas marítimas mexicanas, de gran importancia para las actividades económicas de las comunidades asentadas o cercanas a esas regiones, caso de: pesca artesanal o comercial, acuicultura, ecoturismo, transporte, restaurantes o establecimientos de comida y otros servicios generadores de empleos honestos que dan sustento a miles de familias, son ofertadas a visitantes nacionales y extranjeros que llegan a los destinos turísticos de playa con fines recreativos y dejan una importante derrama económica a favor de las economías regionales.
Por ejemplo, 156 municipios del país con litoral tienen vetado en muchos casos su derecho de acceder a zonas marítimas, ya sea para uso o disfrute del mar, operaciones pesqueras o para alguna actividad relacionada con la prestación de servicios. Asimismo, los propietarios de terrenos aledaños al mar o concesionarios de zonas marítimas cercan sus espacios sin dejar una vía o derecho de paso a las costas, violando con ello el derecho al libre tránsito que concede la Constitución.
La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en su artículo 32 Bis, fracción VIII, faculta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para ejercer la posesión y propiedad de la nación, en las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar.
Correspondiendo a esa secretaría, a través de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre, ejercer las facultades de vigilar, delimitar y concesionar el uso y aprovechamiento de esta zona a terceros. Por tanto, se tiene que las playas no forman parte de la Zona Federal Marítimo Terrestre, ni de los Terrenos Ganados al Mar, por lo que las playas marítimas no pueden concesionarse para su uso y aprovechamiento.
El objeto de las concesiones para usar, ocupar y aprovechar esta superficie puede ser variado, pero como bienes de uso común, cualquier habitante, ciudadano, nacional y/o visitante de la república puede usar, disfrutar y gozar de ella, sin más restricciones que las establecidas por las leyes y reglamentos respectivos.
Atento a lo anterior, las playas mexicanas son públicas y todo ciudadano tiene el derecho inalienable al tránsito, uso o disfrute de ellas.
Queda claro, entonces, que en México no existen las playas privadas. Todas son públicas y cualquier acción o declaración en contrario está fuera del marco de la ley.
Existen quejas y denuncias documentadas tanto de ciudadanos como de organizaciones civiles, académicas y hasta de representaciones de Poderes Legislativos en prácticamente todos los estados costeros del país. Sobran ejemplos: En La Huerta, Jalisco, organizaciones civiles, ciudadanos comunes y pescadores acusan que 33 de las 36 playas están prácticamente cerradas al público. Incluso, las autoridades de ese municipio han cuestionado la evasión de las leyes en perjuicio de sus comunidades.
En Akumal, Quintana Roo, decenas de personas han sido agredidas por su demanda legítima de acceder a las playas, según consta en denuncias interpuestas por los propios pobladores, así como la Unión Vecinal Solidaridad y la Comisión Nacional e Internacional de Organizaciones y Confederaciones de Derechos Humanos. En Ensenada, Baja California, son reiteradas las quejas por el cierre casi total a algunas playas donde, a despecho del respeto a la ley, existen casos de personas o grupos que llegan a cobrar entre 30 y 100 pesos para acceder a los balnearios naturales. Incluso, en el Congreso local se tramitó un exhorto a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que haga valer el estado de derecho.
En Bahía de Banderas y San Blas, Nayarit, se señalan en el primer caso acciones de concesionarios de terrenos aledaños al mar que se han adueñado de calles y avenidas para impedir a la población a transitar hacia algunas zonas costeras; por otra parte, se cuestiona el desplazamiento de comunidades huicholes de sus lugares sagrados en Playa del Rey.
En Los Cabos, Baja California Sur, prolifera el malestar ciudadano por la falta de acceso a las playas, sobre todo de parte de hoteleros y concesionarios de espacios turísticos. También lo exponen especialistas en Historia Ambiental de la Universidad Autónoma de Baja California Sur y del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, quienes califican de “acciones arbitrarias” por la omisión de las autoridades ante esa ilegalidad.
En Guaymas, Sonora, se advierte la presencia de cercas con letreros de “propiedad privada” que cierran en San Carlos los pasos a la zona marítima y en Los Algodones se han llegado a cobrar 20 pesos por persona para acceder a la playa, ante la plena omisión o confabulación de las autoridades. Este tipo de abusos se multiplican en Guerrero, Oaxaca, Chiapas y Campeche, por citar ejemplos en algunos estados con litoral donde también surgen quejas recurrentes por la anulación del derecho ciudadano para acceder al mar.
En este contexto, el objetivo de la presente iniciativa es reformar y/o adicionar una serie de artículos de la Ley General de Bienes Nacionales, para que todos los mexicanos, sin distinción, privilegios ni exclusividades por diferencias económicas o de tipo social, se les hagan valer sus garantías constitucionales de acceder, transitar o utilizar las zonas marítimas, especialmente las playas.
Garantizar el libre tránsito y acceso en todas las playas del país, incluidas las denominadas “privadas”, para sancionar con multas a los propietarios o concesionarios de zona federal marítimo terrestre, incluyendo en algunos casos el retiro de su concesión en caso de reincidencia, cuando bloqueen, cierren, obstaculicen o impidan el acceso o la libertad constitucional de tránsito hacia las playas a todo ciudadano en estos bienes de uso común propiedad de la nación.
Con esto se pretende eliminar el problema de privatización de las playas marítimas, que afecta a la población local, así como a los visitantes nacionales y extranjeros, y que sólo beneficia a un grupo reducido de empresarios, quienes tratan de atraer segmentos del mercado de altos ingresos mediante la exclusividad de los espacios.
Por lo fundado y motivado, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales
Único. Se reforma el artículo 120 y se adiciona un tercer párrafo al artículo 8 y un artículo 154 de la Ley General de Bienes Nacionales, para quedar como sigue:
Artículo 120. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, promoverá el uso y aprovechamiento sustentables de la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar. Con este objetivo, dicha dependencia, previamente, en coordinación con las demás que conforme a la materia deban intervenir, establecerá las normas y políticas aplicables, considerando los planes y programas de desarrollo urbano, el ordenamiento ecológico, la satisfacción de los requerimientos de la navegación y el comercio marítimo, la defensa del país, el impulso a las actividades de pesca y acuacultura, así como el fomento de las actividades turísticas y recreativas y la vigilancia para que en los terrenos aledaños a las zonas marítimas se cuente con acceso o derecho de paso a las playas y demás zonas costeras a todos los ciudadanos.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, deberá celebrar convenios o acuerdos de coordinación con el objeto de que los gobiernos de los estados y los municipios, en su caso, administren, conserven y vigilen dichos bienes.
…
…
Artículo 154. Se sancionará con multa de doscientos cincuenta mil Unidades de Medida y Actualización, a quienes siendo propietarios o estando autorizados para el aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre impidan, inhiban, obstaculicen o entorpezcan por cualquier medio físico o acto, las vías de acceso o la libertad de tránsito hacía y en las playas marítimas del litoral mexicano, quedando establecidas las modalidades para el acceso, estancia y uso de las playas marítimas, las estipuladas en el reglamento de la correspondiente.
Para el caso de concesiones, en caso de reincidir en dichas conductas, se le sancionará con el retiro del título de concesión, permiso, autorización o acuerdo de destino.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de noviembre de 2018.
Diputada Carmina Yadira Regalado Mardueño (rúbrica)
El jugador del Real Madrid habría dado positivo en dos ocasiones, según reveló Football Leaks y retomaron varios medios.
Regeneración, 23 de noviembre de 2018.-El futbolista español Sergio Ramos dio positivo en un control antidopaje, que se realizó tras la final de la Champions League de 2017 que enfrentó al Real Madrid, y a la Juventus.
La revelación se desprende de una investigación de ‘Football Leaks’, citada por Mediapart y Der Spiegel, en la que se señala que la orina de Ramos contenía dexametasona, sustancia que se usa para tratar procesos inflamatorios, pero está incluida en la lista de sustancias y métodos prohibidos de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), porque también aumenta la cognición y la concentración y puede tener un efecto eufórico.
Esa agencia permite que la dexametasona se use en algunos casos, pero debe ser informado en los documentos que se rellenan cuando un jugador se somete al control antidopaje y en este caso no ocurrió.
La misma información cuenta que el médico del Real Madrid admitió que Ramos recibió dos inyecciones de dexametasona en la rodilla y el hombro el día antes del partido, versión que fue admitida por UEFA.
De esta manera, el capitán del Real Madrid habría incumplido dos veces las reglas antidopaje, la primera vez fue en en abril de 2018 cuando se negó a un examen realizado por la agencia española AEPSAD.
De acuerdo a la investigación, Ramos saboteó un control antidopaje realizado por la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD). El jugador se duchó antes de hacer la prueba, pese a que eso e ir al servicio sanitario antes del test están prohibidos.
Para esta segunda ocasión, la Unión de Asociaciones Europeas de Fútbol (UEFA) archivó el caso, luego que el Real Madrid explicara que la razón por la que había dado positivo se debió a un tratamiento específico del capitán merengue.