Reparar daño a yaquis y mayos por gasoducto Sonora: CNDH

CNDH pide a Secretaría de Energía (SENER) repara daños a indígenas yaquis y mayos. Personal de Sener debe ser capacitado en derechos humanos

Regeneración, 6 de julio del 2018. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidió a la Secretaría de Energía (Sener) reparar el daño que se causó a las comunidades Navojoa, Álamos y Huatabampo del pueblo Mayo, y al pueblo de Loma de Bácum de la tribu Yaqui, en los términos de la Ley General de Víctimas, debido a la construcción de un gasoducto que afectó sus comunidades.

También solicitó que se diseñe e imparta en la Sener, en el plazo máximo de 12 meses, un programa integral de educación, formación y capacitación de su personal en materia de derechos humanos.

Tal como lo señaló la agencia Notimex, la capacitación, señaló, deber ser específicamente sobre los derechos a la consulta y a la propiedad colectiva, con énfasis en proyectos de desarrollo o de gran escala, y sobre el contenido de los principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas.

Estos programas deberán ser impartidos por personal especializado y con perspectiva intercultural, y añadió que la Secretaría de Energía debe enviar las constancias que acrediten su cumplimiento.

Además, recomendó que se implemente, en un plazo máximo de un año, un registro administrativo de aquellas empresas con las cuales la Sener ha participado y participará en proyectos que fueron consultados o deben ser consultados a las comunidades indígenas.

Una vez instaurado este proceso, deberá incorporar copia de la presente recomendación en el expediente de la empresa privada que ocasionó la afectación, y remitir las constancias que acrediten su cumplimiento.

La CNDH indicó que en un plazo de 12 meses, la Sener también deberá adoptar las medidas necesarias para poner en marcha o fortalecer los sistemas de supervisión, fiscalización y registro de actividades de extracción, explotación, desarrollo o de gran escala en correspondencia con los derechos humanos, de modo que se encuentre orientado a evitar su vulneración en agravio de la población indígena en el área de influencia donde estas actividades tienen lugar.

La comisión emitió la Recomendación 17/2018 por no garantizar el derecho humano a la consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe en afectación a la propiedad colectiva e identidad cultural de las comunidades indígenas del Pueblo Mayo y la Tribu Yaqui, por la construcción del Gasoducto Sonora, en su segmento Guaymas-El Oro.

El proyecto Gasoducto Sonora fue asignado a una empresa privada, a la cual se le informó que la Sener identificó que las comunidades de Navojoa, Álamos y Huatabampo del Pueblo Mayo y de Loma de Bácum de la Tribu Yaqui, eran susceptibles de afectación por la construcción y operación del proyecto, por lo cual se les debería realizar una consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe.

Sin embargo, de acuerdo con la investigación realizada por la CNDH, se confirmó que en el caso de las comunidades del Pueblo Mayo, sólo se realizó «un ejercicio de diálogo con una comunidad indígena de Masiaca», sin incluir en el procedimiento de consulta previa al resto de las comunidades indígenas.

No se realizó un procedimiento adecuado de consulta previa, que incluyera un estudio de impacto sociocultural con los estándares internacionales de derechos humanos debidos, lo que vulneró el derecho a la propiedad colectiva de las comunidades Navojoa, Álamos y Huatabampo del Pueblo Mayo.

En el segundo caso, las autoridades del Pueblo de Loma de Bácum expresaron su «rechazo rotundo y categórico a la construcción y operación del Gasoducto Sonora», lo cual no fue tomado en cuenta y el proyecto se realizó, por lo que hubo omisión en los procedimientos y normas. Por lo anterior, la CNDH recomendó reparar el daño causado a las comunidades Navojoa, Álamos y Huatabampo del Pueblo Mayo, y al Pueblo de Loma de Bácum de la Tribu Yaqui.