Dirección General Especializada en Organizaciones Delictivas es contra lavado de dinero, fortaleciendo la Unidad de Inteligencia Financiera: Sheinbaum

Regeneración, 27 de mayo de 2025. Se publicó en el Diario Oficial de la Federación, modificaciones al reglamento de Hacienda para crear una nueva unidad contra las organizaciones delictivas.
Cabe destacar asimismo que durante la conferencia Las Mañaneras del Pueblo, los comunicadores preguntaron sobre los alcances de este decreto.
Sheinbaum
Esto es, la creación de la Dirección General Especializada en Organizaciones Delictivas.
«Es una unidad especial para fortalecer la UIF, para todo lo que tiene que ver con lavado de dinero. Estamos fortaleciendo la Unidad de Inteligencia Financiera», explicó Sheinbaum
Por otra parte, al ser interrogada sobre los alcances de esta medida; Sheinbaum asentó:
«Tener más capacidad de investigación e inteligencia para investigar el lavado de dinero».
Al tiempo que se destaca, además, se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
La publicación fechada este martes 27 de mayo de 2025.
Modificaciones
El Artículo 4, fracción II, inciso i, resalta la importancia de la Dirección General Especializada en Organizaciones Delictivas.
Misma, que se divide en dos coordinaciones operativas: Asuntos de Organizaciones Delictivas A y B.
Estas coordinaciones asimismo, tienen atribuciones específicas que se detallan en el artículo décimo del reglamento.
Reglamento
Por otra parte, entre las principales atribuciones de la Dirección General Especializada en Organizaciones Delictivas se encuentran el análisis de información.
«“I. Analizar la información contenida en los reportes, avisos y declaraciones a que se refiere la fracción VIII del artículo 10 del presente Reglamento, relativos a personas posiblemente relacionadas con organizaciones delictivas y delitos de alto impacto».
Esto es, asimismo, relacionada con personas vinculadas a organizaciones delictivas y delitos de alto impacto, la integración de reportes de inteligencia.
Por otra parte, incluso, la coordinación con diversas entidades para la obtención de información relevante.
«II. Integrar los reportes de inteligencia relativos a personas posiblemente relacionadas con organizaciones delictivas y delitos de alto impacto..:»
«…, con base en los reportes, avisos y declaraciones a que se refiere la fracción VIII del artículo 10 de este Reglamento…».
Así como en el resultado del análisis a que se refiere «la fracción I de este artículo y; en su caso, coordinar la elaboración de dichos reportes de inteligencia».
Internacional Sheinbaum
Además, establece participación en mecanismos de coordinación tanto a nivel nacional como internacional.
Así como enlace con la Unidad de Inteligencia Financiera; y otras autoridades competentes.
Por su parte, las coordinaciones operativas A y B tienen la responsabilidad de elaborar análisis de reportes; y actuar como enlace con la Unidad de Inteligencia Financiera en grupos de trabajo.
También deben proponer acciones estratégicas para la prevención de delitos de alto impacto y facilitar el intercambio de información con otras instancias competentes.
Además: «III. Requerir y recabar de las entidades y personas sujetas a las disposiciones de carácter general señaladas en la fracción I del artículo 10 de este Reglamento».
«Así como de quienes realicen las actividades vulnerables, entidades colegiadas y órganos concentradores a que se refieren las secciones Segunda y Cuarta del Capítulo III de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita…»
«…, directamente o a través de las instancias correspondientes, según sea el caso, información, documentación, datos e imágenes…».
Mismas, además, «… relacionadas con los reportes y avisos previstos en dichas disposiciones…».
«.., así como obtener información adicional de otras personas o fuentes para el ejercicio de sus atribuciones».
Finalmente, se indica que estas funciones son cruciales para fortalecer la lucha contra las organizaciones delictivas y proteger el sistema financiero y la economía nacional.
«IV. Participar en mecanismos de coordinación nacionales o internacionales, en materia de organizaciones delictivas y delitos de alto impacto.»
Lo anterior conforme indica el Diario Oficial; tal como lo señaló la presidenta Sheinbaum.
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