Estatuto UNAM solo permite 6 años de licencia sin goce de sueldo. A Lorenzo Córdova le otorgaron dos prórrogas sin la debida justificación
Regeneración, 5 de septiembre de 2022. Los amigos de Lorenzo Córdova en la UNAM violaron legalidad para mantenerle la plaza según revela Álvaro Delgado en Sin Embargo.
Y es que se trata de una investigación obtenida por medio de Transparencia donde se muestra documentalmente violaciones al estatuto y la normatividad en la UNAM.
Lo cual permitiría a Lorenzo Córdova reincorporarse como investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Córdova
Así se indica que el 5 de junio de 2014, se aprobó su licencia académica sin goce de sueldo que, textualmente, dispone:
– “que no podrá ser mayor a seis años, conforme al límite establecido en el artículo 98, inciso d), del EPA”, esto es el Estatuto del Personal Académico.
Seguidamente el portal relata como en dos ocasiones Lorenzo Córdova se benefició de dos prórrogas que incluso están fundamentadas en artículos fallidos – es decir, que no corresponden al tema-.
Lo anterior en sendas resoluciones del Consejo Interno del Instituto de Investigaciones Jurídicas y el Consejo Técnico de Humanidades de la UNAM.
Y es que como se sabe el 4 de abril del próximo año, Lorenzo Córdova regresará al Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.
Argumento
Cabe destacar que el portal destaca que el 3 de septiembre de 2020, el Consejo Técnico aprobó la primera prórroga a la licencia de Córdova por un año, del 2 de abril de 2020 al 3 de abril de 2021.
-“El Consejo Técnico, durante la octava sesión ordinaria celebrada hoy, con fundamento en los artículos 12 fracción VI, 49 fracción I y 50 del Estatuto General de la UNAM, y considerando la opinión favorable..»
Pero resulta que el artículo 12 fracción VI del Estatuto General de la UNAM se refiere a que son autoridades universitarias:
-«los consejos técnicos de las facultades y escuelas, y los de Investigación Científica y Humanidades».
Además, el 49 fracción I establece que “serán obligaciones y facultades de los consejos técnicos: I. Estudiar y dictaminar los proyectos o iniciativas que les presenten el Rector, el director, los profesores y los alumnos o que surjan de su seno”.
Y el artículo 50 es sobre las votaciones: “Las decisiones de los consejos técnicos, salvo disposición en contrario de este Estatuto o de sus reglamentos, se tomarán a simple mayoría de votos”.
-«Es decir, no hay ningún sustento legal para la decisión de prorrogar, por primera vez, la licencia de Córdova Vianello», señala
Además, «lo que se repite en la segunda prórroga, como si fuera un machote».
Lo anterior puntualiza el periodista Delgado.
Favorable
Así, se subraya que con fundamentos legales fallidos las prórrogas a la licencia a Córdova Vianelo se tomaron sólo “considerando la opinión favorable emitida por el Consejo Interno”.
Y es que este último punto es importante porque no se puede modificar el estatuto del personal con la opinión favorable de ningún consejo.
Cabe destacar que Córdova tiene la plaza de investigador, titular “B”, de tiempo completo, definitivo.
Finalmente el portal subraya que son las relaciones de compadrazgo al interior de la UNAM, lo que explica el regreso de Lorenzo Córdova.
Con fundamentos legales que nada tienen que ver con el caso concreto, las prórrogas a la licencia a Córdova Vianelo se tomaron sólo “considerando la opinión favorable emitida por el Consejo Interno”, cuyo presidente es Salazar Ugarte, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas.
En el acta 11/2021 de la sesión del Consejo Interno del IIJ, 12 de abril de 2021, se resolvió el punto cuarto de la orden del día: