Censura en internet por medio de cambios en la legislación para incorporar la “notificación y remoción” por derechos de autor. Cualquiera, sea o no titular de derechos, podrá censurar información con este mecanismo
Denuncian que un tercio de estas notificaciones no violan en realidad derechos de autor, incluida información de interés público
Regeneración, 2 de octubre del 2018. La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), señaló que el artículo 20.J.11 del Acuerdo entre Estados Unidos, México y Canadá (USMCA) obligaría a México (pero no a Canadá) a incorporar a su legislación el sistema conocido como “notificación y remoción” (notice and takedown), que mandata la remoción de contenido, sin que el demandante demuestre previamente ser realmente el titular de los derechos. Denuncian que con este sistema ocurren un tercio de falsas titularidades así como remoción de información de interés público.
La R3D, explicó que bajo este esquema, los proveedores de servicios en Internet (ISP) tendrían la obligación de censurar cualquier expresión en Internet cuando una persona que se ostente como titular de derechos de autor denuncie una presunta infracción.
“De lo contrario, los ISP corren el riesgo de ser responsabilizados por la supuesta violación del derecho de autor”, puntualizó la red.
Esto quiere decir que cualquier aplicación, servicio o plataforma en Internet –incluyendo proveedores de hosting, redes sociales, buscadores, directorios, entre otros– deberá remover cualquier contenido cuando exista una notificación de presunta violación a derechos de autor, independientemente de que realmente lo haga; explicaron el dia de hoy en redes sociales.
Denunciaron que el USMCA ni siquiera contempla que la notificación deba provenir de un juez o una autoridad administrativa.
“Explícitamente prohíbe cualquier mecanismo de revisión previa caso por caso (nota al pie 118), indicaron los defensores de los derechos digitales.
Es decir, “basta que alguien (aunque no sea titular de derechos de autor) diga que algo viola derechos de autor (aunque no lo viole) para que los intermediarios en Internet estén obligados a removerlo o corran el riesgo de ser demandados”, explicaron.
Según el USMCA (Art. 20.4), las personas afectadas por esta censura podrían hacer una “contranotificación”, pero el contenido permanecería censurado por un periodo a determinarse en la legislación o incluso de manera permanente si quien realizó la notificación presenta una demanda civil por la supuesta infracción a derechos de autor, agregó la R3D.
Subrayan que existe amplia evidencia de que los mecanismos de “notificación y remoción” son sistemáticamente abusados y producen la censura de una cantidad importante de expresiones en línea que no violan derechos de autor (alrededor de un tercio de todas las notificaciones), incluyendo información de interés público.
Desde este posicionamiento el mecanismo de “notificación y remoción” contraviene el derecho a la libertad de expresión y al debido proceso contemplados en la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.
“Por ello, ha sido denunciado por organismos internacionales como violatorio del derecho a la libertad de expresión”, indicaron.
México no puede aceptar la imposición de este sistema de censura en Internet, alertaron.
Contacta a tu senador o senadora: No a la censura en internet
La R3D llamó defender los derechos contra la censura en internet y pidió tomar contacto con “tu senadora o senador y diles que no aprueben el USMCA hasta que se remuevan las amenazas a nuestros derechos digitales”.