El Tribunal Electoral aprobó con 3 votos a favor y dos en contra determinar «constitucionalmente inviable» suspender el proceso electoral del Poder Judicial
Regeneración, 23 de octubre de 2024. El Instituto Nacional Electoral (INE) anunció que continúa con el proceso de elección de jueces, ministros y magistrados del Poder Judicial.
Lo anterior, ya que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó con 3 votos a favor y dos en contra determinar «constitucionalmente inviable» suspender el proceso electoral de jueces, magistrados y ministros.
Electoral
Así, el Instituto Nacional Electoral (INE) informó que acatará la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF.
Además, se indica que por ello, continuará con la organización del proceso para la elección de ministros, magistrados y jueces.
En un comunicado, destacó que la sentencia del TEPJF, que por mayoría de votos determinó que es constitucionalmente inviable suspender actos que se relacionan con el desarrollo de los procedimientos electorales a cargo del instituto.
Y lo cual, “trae claridad y certeza para que el INE cumpla con su función estatal de organizar elecciones y garantizar los derechos políticos electorales de las y los mexicanos”.
Asimismo, el instituto reiteró su respeto al marco constitucional y legal vigente.
Además de su compromiso «con la organización de elecciones libres, auténticas y transparentes, por lo que seguirá trabajando -como lo ha hecho en las últimas décadas- para garantizar el ejercicio del voto a toda la ciudadanía mexicana”.
Razonamiento electoral
Y es el Instituto Electoral refirió que la resolución del magistrado ponente Felipe de la Mata Pizaña; establece que es procedente la acción declarativa solicitada por el INE.
Asismismo, mediante la cual pidió emitir un pronunciamiento tendente a garantizar el cumplimiento de las funciones a cargo del instituto.
Y, por lo que es constitucionalmente inviable suspender la realización de los procedimientos electorales. “Es decir, que la organización del PEEPJF 2024-2025 debe continuar”.
Igualmente, la resolución señala que no es materia de pronunciamiento ni de litis la validez, legalidad o eficacia de las actuaciones o resoluciones de suspensión emitidas por diversos jueces de amparo.
Razón por la cual esas determinaciones quedan intocadas en la sentencia.
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