La UIF podrá bloquear cuentas sin orden judicial cuando existan indicios del financiamiento a grupos terroristas o de lavado de dinero.
Regeneración, 18 de noviembre del 2020.La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), podrá bloquear cuentas bancarias sin orden judicial.
Dicha reforma fue aprobada por 45 votos a favor y 27 en contra por la Cámara de Senadores. Por lo que será pasada a la Cámara de Diputados para su análisis y posterior aprobación.
La UIF podrá entonces bloquear cuentas cuando existan indicios de financiamiento a grupos terroristas o por lavado de dinero.
De esta forma se agrega la reforma a la Ley de Instituciones de Crédito el capitulo denominado “De la Garantía de Audiencias de las Personas Incluidas en la Lista de Personas Bloqueadas”.
En el cual señala: “La Secretaría de Hacienda podrá introducir a un individuo a la lista de personas bloqueadas cuando cuente con los indicios suficientes de que esa persona se encuentra relacionada con los delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita o los asociados con los delitos señalados”.
Dicha iniciativa busca respetar los derechos y las garantías individuales, respetando en plenitud los derechos procesales.
Por lo que los implicados en una averiguación previa por el delito de lavado de dinero, podrán tener una audiencia.
Concluido el proceso, la UIF contará con 15 días hábiles para determinar si concluye el bloqueo. O por el contrario si las cuentas permanecen en la lista de personas bloqueadas.