Si la demora es mayor a dos horas, pero menor a cuatro, los descuentos incluidos en las políticas de compensación no podrán ser menores al 7,5% del precio del boleto, pero en caso que la demora sea mayor a cuatro horas, la compañía aérea le devolverá al pasajero un mínimo del 25%.
Regeneración, 27 de junio de 2017.- Desde el 26 de junio y conforme a los decretos incluidos en la Ley de Aviación Civil y la Ley de Protección al Consumidor, los pasajeros con retrasos de dos a cuatro horas en los vuelos de México podrán pedir una indemnización.
«Si la demora es mayor a dos horas, pero menor a cuatro, los descuentos incluidos en las políticas de compensación no podrán ser menores al 7,5% del precio del boleto», versa el artículo 47 de la Ley de Aviación Civil.
En el caso que la demora sea mayor a cuatro horas, la compañía aérea le devolverá al pasajero un mínimo del 25% del precio del boleto.
Además, de acuerdo con el artículo 65 de la Ley Federal de Protección al Consumidor la aerolínea deberá publicar en el área de abordaje y en los módulos de atención las causas por las que los vuelos se vean demorados y poner a disposición de los consumidores toda la información relativa para la presentación de quejas o denuncias, en cada una de las terminales en donde operen.
Asimismo, el pasajero podrá solicitar la devolución de su boleto en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique a la aerolínea concesionario con 24 horas de antelación, dice el artículo 47 Bis.
En el caso del equipaje, el pasajero podrá llevar en cabina y de forma gratuita hasta dos piezas de equipaje de mano con dimensiones de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los 10 kilogramos.
También, se duplican montos de indemnización por pérdida o daño a las maletas y equipaje de los usuarios; cuando exista un retraso de entre dos y cuatro horas, las aerolíneas ofrecerán un descuento de 7.5 por ciento para futuros viajes, además de dar alimentos y bebidas.
La Ley también avala que los menores de dos años viajen gratis con sus padres y que las aerolíneas permitan a las personas con discapacidad que viajen solos y transporten, sin cobros adicionales, artículos como sillas de ruedas, muletas y otro tipo de accesorios que requieran.
Con información de EFE y La Jornada