Tribunal Electoral rechazó legalidad de candidatura de Cabeza de Vaca por el PAN al tener activas órdenes de aprehensión e investigaciones abiertas
Regeneración, 17 de abril de 2024. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que Francisco García Cabeza de Vaca no puede ser candidato a diputado como lo pretendía el PAN.
Y es que por mayoría, el órgano judicial determinó que el exgobernador tiene activas órdenes de aprehensión y ha evitado presentarse ante el juez que le imputa dos investigaciones.
Por lo cual el PAN tiene que sustituir candidato.
Cabeza de Vaca
Además, se indica que el proyecto elaborado por la magistrada electora, Janine Otálora, fue aprobado por 4 votos a favor y uno en contra.
Este último, emitido por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.
Asimismo, se reitera que la información que recabó el Tribunal confirmó que Cabeza de Vaca tiene activas dos órdenes de aprehensión.
Esto es, sin que haya prescrito la acción penal, y en segundo lugar, que se ha sustraído de la justicia para evitar el inicio del proceso judicial.
Cabeza de Vaca rechaza
Sin embargo, Francisco García rechazó el sentido de la propuesta de resolución y acusó al Instituto Nacional Electoral (INE) de actuar para tirar su candidatura.
“El INE de forma arbitraria e ilegal requirió a la Fiscalía General de la República y a diversas autoridades información sobre carpetas de investigación que se encuentran bajo secreto ministerial».
E incluso dijo «las aportó directamente como prueba ante el Tribunal Electoral. El INE hizo las pruebas que MORENA nunca pudo presentar”.
Sin embargo pese a las quejas de Vaca el Tribunal Electoral revocó la candidatura plurinominal de Francisco Javier García Cabeza de Vaca para la diputación federal por el Partido Acción Nacional.
Se la aplican a Vaca
Cabe destacar que la magistrada Janine Otálora Malassis argumentó que García Cabeza de Vaca, exgobernador de Tamaulipas, tiene vigente dos órdenes de aprehensión en su contra.
Y, lo que implica que tiene suspendidos sus derechos políticos conforme al artículo 38 de la Constitución, además de que está sustraído de la acción de la justicia, es decir, se encuentra prófugo.
-“Se acredita el elemento normativo, porque existen, por lo menos, dos órdenes de aprehensión vigentes en su contra, sin que hayan prescrito las acciones penales”, mencionó el proyecto.
También dijo que, en su caso, se actualiza la condición de naturaleza fáctica, ya que el candidato se ha sustraído de la justicia en Estados Unidos, donde radica, para evitar ser sujeto a proceso penal.
Filtraciones
Por otra parte, la magistrada Janine Otálora cuestionó que se haya filtrado su proyecto en medios de comunicación; pues dijo que además de haberse revelado datos sensibles de un proceso penal, se abrió una brecha para que recibiera presiones.
Ya finalmente, los magistrados electorales mantuvieron vigente la candidatura de Ricardo Anaya Cortés para el Senado bajo las siglas del Partido Acción Nacional (PAN).
Esto, «porque no se demostró que esté bajo dichos supuestos de prófugo de la justicia y cuenta con órdenes de detención actuales».
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