EL TEPJF determinó que el INE podrá suspender cualquier emisión que viole la veda electoral, incluyendo algún mensaje del presidente López Obrador.
Regeneración, 3 de junio del 2021. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Instituto Nacional Electoral puede suspender cualquier emisión del presidente Andrés Manuel López Obrador.
De acuerdo con la determinación de la Sala Superior del TEPJF, el INE podrá ordenar a cualquier concesionaría de radio y televisión, pública y privada, suspender la transmisión de un spot o video que viole la veda electoral.
Por lo cual, el INE podrá suspender cualquier tipo de spot o mensaje del presidente de México en caso de hacer alguna referencia durante este lapso.
Así lo determinaron los magistrados luego de la sesión privada al resolver un curso de revisión a la decisión del INE del pasado 28 de mayo; cuando se ordenó al mandatario López Obrador abstenerse de realizar comentarios o propaganda que influya en las preferencias electorales.
Dicho mandato es de carácter obligatorio para todas las autoridades y concesionarias públicas y privadas de radio y televisión.
Y es que, la veda electoral inició el primer minuto de este jueves y concluirá el
domingo 6 de junio a las 23:59 horas, luego de que se lleve a cabo el proceso electoral donde se elegirán alcaldes, diputados y gobernadores.
Por lo cual, la sentencia hecha por el TEPJF se hará del conocimiento inmediato para que las concesionarias tomen las medidas necesarias.
De esta forma, el Tribunal determinó que el INE tiene las facultades necesarias para dar cumplimiento de dicha orden.
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