Televisa y TV Azteca consentidas por Hacienda; les condonan millones de pesos

La Secretaría de Hacienda le perdonó a Televisa 2 mil 990 millones de pesos de un crédito fiscal;  a TV Azteca le condonan más de 13 millones

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Regeneración, 21 de septiembre 2016.- Gracias al programa impulsado por Luis Videgaray en la Secretaría de Hacienda, “Ponte al Corriente”, personas morales pudieron disminuir hasta cien por ciento el monto de sus créditos fiscales.

Ante esto, Fundar Centro de Análisis y de Investigación, documentó que Televisa logró que le condonaran un crédito fiscal de 3 mil 334 millones de pesos. Azcárraga Jean pagó únicamente 10 por ciento de este adeudo, o sea, no pagó 2 mil 990 millones de pesos.

La multa data de 2005 cuando reportó una cifra menor de utilidades, justificándolas con la adquisición de las pérdidas de la empresa Comtelvi, la cual, adquirió en ese año.

Hasta el momento, el SAR no ha revelado a detalle quiénes fueron todos los beneficiados de “Ponte al Corriente”, sin embargo, el informe de la Auditoría Superior de la Federación en 2013, indica que el programa logró recaudar apenas 39 mil 572 millones de pesos, mientras que los “perdones” sumaron 160 millones de pesos.

El no conocer la lista de beneficiarios, facilita que quienes ya lo fueron una vez puedan serlo de nuevo. Televisa, por ejemplo, en 2015 volvió a verse beneficiada en 2015 con la cancelación de otro crédito fiscal por 158 millones 637 mil pesos.

En ese año, también Ricardo Salinas Pliego tuvo pérdidas importantes, sin embargo, la ayuda le llegó del gobierno federal, ya que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) le condonó 13 millones 280 mil pesos a su filial Azteca Novelas, por no pagar impuestos ese año.

Además de la condonación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), le concedió un amparo con el cual le serían recortados 249.1 millones de pesos de un crédito fiscal de 30.19 millones que le fincó el SAT en 2006.

“Esta Primera Sala estima que las cantidades entregadas en depósito, si bien representan una entrada de efectivo para el depositario, ello no implica que representen incremento en su haber patrimonial, ya que no reflejan por si mismos una modificación positiva en su patrimonio que deba ser gravada en términos de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre la Renta”, dice la sentencia, que requirió varias sesiones de discusión.

Recordemos que, en 1999, Grupo TV Azteca había obtenido opinión favorable del SAT para no considerar como ingresos acumulables para fines de ISR estos depósitos, que los anunciantes pagaban como parte del llamado Plan Francés para compra de espacios por adelantado.

Ese año, instituciones federales resultaron un alivio para ambas empresas mexicanas.

Con información de Sin Embargo.