Coldwell tiene gasolineras, vende litros incompletos y Profeco no le multa conforme a la ley

El secretario de Energía de la administración de Peña Nieto, es dueño de gasolineras que roban sus clientes.

Presidente de México, Enrique Peña Nieto, centro, saluda al auditorio, flanqueado por el secretario de Gobernación, Miguel Angel Osorio Chong, izquierda, y el presidente de su Partido Revolucionario Institucional, Pedro Joaquín Coldwell, en la ceremonia de presentación de la reforma energética, que permitiría la inversión privada en la industria petrolera luego de décadas de monopolio estatal, en la capital mexicana, lunes 12 de agosto de 2013. (AP Foto/Eduardo Verdugo)
Presidente de México, Enrique Peña Nieto, centro, saluda al auditorio, flanqueado por el secretario de Gobernación, Miguel Angel Osorio Chong, izquierda, y el presidente de su Partido Revolucionario Institucional, Pedro Joaquín Coldwell,  (AP Foto/Eduardo Verdugo)

Regeneración, 12 de enero de 2017.- Pedro Joaquín Coldwell, actual secretario de Energía, es accionista de las cinco únicas proveedoras de combustibles de la isla de Cozumel y parte de la Riviera Maya, dos de las cuáles fueron clausuradas por vender litros incompletos.

Según Mexicanos contra la Corrupción, Coldwell y sus hijos, Nassim y Óscar, son accionistas de las gasolineras de la isla; además de la Planta de Combustible de Cozumel, SA de CV, una terminal de combustibles que almacena hasta 750 mil litros de gasolina Magna, 300 mil de Premium, 300 mil de Diesel y 500 mil de hidrocarburos para embarcaciones.

Éste último, es un negocio especialmente redituable pues una gran cantidad de cruceros pasan por ahí. La gasolinera sancionada fue la denominada Combustibles Caleta SA de CV, pues durante la revisión de la Profeco, el 15 de abril de 2016, se determinó que se había alterado el sistema electrónico para vender litros incompletos en todas las bombas.

“La bomba ha sido manipulada y cuenta con componentes ajenos a los aprobados”, estableció la PROFECO como causal de la clausura. “El sistema de despacho de combustible o dispensario, no debe contar con elementos o dispositivos ajenos a los aprobados, respetándose el diseño original del fabricante que haya sido sometido a valoración y dictamen en un laboratorio autorizado (CENAM) y aprobado por la autoridad correspondiente”, añadió el reporte.

La multa que debió cubrir Pedro Joaquín Coldwell fue de entre 50 mil y 460 mil pesos por cada bomba, es decir, de 800 mil hasta 7 millones de pesos por las 16 bombas inmovilizadas ( unos 325 mil dólares).

En su reporte de anomalías, la Profeco no precisó el monto que pagó la gasolinera del funcionario federal cuyo sueldo libre de impuestos es de 141 mil pesos. Si por ejemplo él usara sólo sus ingresos en el Gobierno para pagar la multa, le hubiera representado cuando menos 5.6 veces su salario mensual y casi 50 veces más en el tope máximo.

Las multas por este tipo de alteraciones según la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de combustibles, establece sanciones de entre 2 y 15 días de clausura así como multas de 50 mil a 460 mil pesos –entre 2 mil y 21 mil dólares según el tipo de cambio actual- por cada bomba detectada con anomalías.

Para la Profeco una vez cubierta la sanción, la gasolinera puede reabrir. No hay revisiones posteriores dados los antecedentes.

Esto fue lo que ocurrió con los dos establecimientos de los hermanos Joaquín Coldwell. Actualmente, despachan con normalidad. No obstante, el marco legal de la Procuraduría Federal del Consumidor, no es el único que ha regulado estas actividades. El 12 enero del 2016, se lanzó una nueva ley federal de delitos cometidos con hidrocarburos, en cual se endurecieron los castigos a quienes vendan litros incompletos.En su artículo 16 se incluyó un castigo de 3 a 6 años de cárcel y multa de 3 mil a 6 mil días de salario mínimo (de 240 mil a 480 mil pesos), a quienes suministren gasolinas o diésel con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 1.5% a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición.

Además, el artículo 17 de la citada Ley Federal establece una pena de 10 a 18 años de prisión así como multa de 10 mil a 18 mil días de salario mínimo (800 mil a un millón 440 mil pesos) “a quien altere los sistemas de medición (de hidrocarburos) en posesión o al servicio de los asignatarios, contratistas, permisionarios o distribuidores, con conocimiento que producirá un daño o afectación a la normal operación de los mismos”.

Por otro lado, Coldwell aseguró que no tiene nada qué ver con la administración de las gasolineras y aclaró que la multa fue impugnada porque las reglas que se le aplicaron no eran adecuadas para el modelo de bombas que tienen el la gasolinera.

En tanto, las irregularidades de esta franquicia fueron castigadas por la Profeco en abril del año 2016, es decir, cuatro meses después de que se pusieran en vigor las sanciones más duras, ya previstas en la nueva ley federal de delitos cometidos con hidrocarburos. No obstante, no hay información pública disponible sobre por qué no se le aplicó al actual secretario de Energía.

Vía Aristegui Noticias.