Falla SCJN a favor de ejidatarios de Tepoztlán; ordena restitución de tierras

La lucha en contra del club de golf, que se transmitió por varias generaciones, llega a su fin con el reconocimiento de la SCJN de que las tierras pertenecen a los pueblos originarios de Tepoztlán

Regeneración, 26 de octubre de 2018.- Luego de más de 20 años, finalmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una sentencia definitiva para restituir sus tierras a la comunidad agraria de Tepoztlán, en el estado de Morelos.

A través de un comunicado, la SCJN señaló que los pobladores iniciaron un juicio desde 1999 para que se les reconociera como dueños de las tierras que les fueron otorgadas por decreto presidencial desde 1929. A pesar de ello, una empresa alegaba ser la propietaria de los predios a raíz de unos oficios que les facilitó la autoridad agraria en la década de 1960.

El caso fue sometido a diversas instancias desde entonces, lo que implicó la reposición del procedimiento en varias ocasiones, hasta que finalmente llegó a la Segunda Sala de la SCJN.

En primer término, el máximo tribunal de la nación determinó que los pobladores son los legítimos dueños de las tierras y no el municipio, como alegaba la empresa. Agregó que los títulos de bienes comunales expedidos desde 1929 son válidos y que fueron otorgados legalmente.

Respecto a los oficios presentados por la empresa, la Segunda Sala resolvió que tales documentos no fueron suficientes para acreditar la propiedad de los predios en disputa, “pues su contenido no se advertía con toda certeza, [ya] que en esa época los integrantes de la comunidad hubiesen accedido a excluir del régimen agrario ciertas porciones de sus tierras”.

Por último, el tribunal decidió que en caso de existir futuros juicios por la disputa de terrenos en la zona, “los tribunales tendrán que valorar los títulos con que tales habitantes se ostenten como propietarios, en específico, la manifestación de voluntad de los integrantes de la comunidad, en el sentido de transmitir la titularidad de los predios, así como la formalización de las transmisiones correspondientes.

Respecto a los pobladores, la SCJN les recordó que, como comunidad agraria, “no podrán pasar por alto que las tierras que se les asignaron para que las explotaran de manera agrícola para su subsistencia” y que tienen la obligación de conservar y hacer crecer las áreas forestales, por lo que el uso de las tierras no podrá dedicarse a ninguna otra cosa.

Por lo anterior, la corte confirmó la determinación de los tribunales agrarios para que las tierras sean restituidas a la comunidad agraria de Tepoztlán.

El caso de un pueblo en resistencia

Como informamos oportunamente a través de Regeneración, el añejo conflicto por la insistencia de intereses privados en establecer un Club de Golf en Tepoztlán haría perder 280 hectáreas de propiedad comunitaria a sus legítimos propietarios, por lo que la resolución de la SCJN se esperaba con gran interés. Se temía incluso que fallara en contra de los pueblos originarios, por lo que ellos mismos hicieron un llamado a la comunidad nacional para acompañar su lucha.

La SCJN resolvió el proyecto de sentencia en el que inicialmente otorgaría un amparo a José Zorrilla Duclox, representante de la empresa Pirámide y Convento para mantener la posesión de las 280 hectáreas en disputa.

Los denunciantes afirmaron en aquel momento que se trataba de un “juicio civil simulado”, ya que esas tierras fueron donadas para la construcción de un plantel del Conalep para beneficio de la población.

En redes sociales, el Consejo Nacional Indígena Tepoztlán alertó sobre lo que podría tratarse de una nueva arbitrariedad a manos de intereses privados respaldados por autoridades para despojarlos de sus tierras.

De acuerdo con una nota publicada por El Universal el pasado 10 de septiembre, el acuerdo del ministro Eduardo Medina Mora, integrante de la Segunda Sala de la SCJN, consideraba infundado el amparo promovido por los integrantes del Comisariado de Bienes Comunales de Tepoztlán, que buscaba hacer valer la resolución presidencial publicada en 1930 por el cual se reconoció la dotación de 23 mil 800 hectáreas para la comunidad.

Integrantes del Comisariado Ejidal de Tepoztlán dijeron al reportero que los intereses que se encontraban detrás del despojo tienen nombres y apellidos. Se trata del ex presidente Luis Echeverría y sus hijos, así como Óscar Fernández Malvido, del grupo Maizoro; el notario público Hugo Salgado Castañeda del Grupo Carso; el empresario “salinista” Luis Slim Sayeg, integrante del Grupo Carso; Xóchitl de Garay, esposa de Alfonso Garay, uno de los propietarios del que era el Banco del Atlántico; Eduardo Abud del Grupo ICA; Rafael Fernández McGregor del Grupo Ixe; Carlos González Barquera, cabeza del emporio Té Laggs y Ricardo Salinas Pliego de TV Azteca, entre otros.

Todos ellos, bajo la representación de Zorrilla y de la empresa Pirámide y Convento, dicen justificar la propiedad de las tierras. El amparo 40/2017 otorgado por la SCJN exponía: “Los oficios administrativos que fueron exhibidos contienen un listado de identificación de predios, así como la mención de que se cumplieron los requisitos contenidos en el Código Agrario –de 1942–, al haberse comprobado derechos de posesión y propiedad, por lo que procede la exclusión de los predios descritos, por constituir propiedades particulares”.