7 de agosto de 1900, surge el primer periódico Regeneración

El primer número del periódico Regeneración ve la luz el 7 de agosto del año 1900.

Regeneración surgió en apoyo a la causa obrera y social, y en contra de la dictadura de Porfirio Díaz

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Regeneración. El 7 de agosto de 1900, Ricardo Flores Magón junto con Antonio Horcasitas y su hermano Jesús, fundaron Regeneración. El periódico nace en una pequeña imprenta, Jesús Flores Magón fue nombrado el primer director del medio.  Magon-21

El periódico “Regeneración” surge como medio independiente, que desde su fundación, denunció la dictadura y expuso las arbitrariedades de los poderosos y crítico la entrega de los recursos de la nación a los extranjeros.

Un instrumento necesario para defender los derechos fundamentales del pueblo y una pieza elemental para el inició de la Revolución Mexicana en 1910.

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El periódico fue un enorme esfuerzo colectivo en el que además de los hermanos Flores Magón, participaron los hermanos Juan y Manuel Sarabia, Antonio I. Villarreal, Librado Rivera, Anselmo L. Figueroa y Práxedis G. Guerrero.

Más de 3 mil autores alimentaron el medio, ubicados en diversos puntos de la República Mexicana y en el sur de Estados Unidos, principalmente de los estados de California y Texas.

Regeneración fue publicado de manera irregular hasta el año 1918,  esto debido a la persecución que sufrieron sus fundadores. De cárcel en cárcel y entre persecuciones, a  lo largo de 18 años y con problemas económicos fueron publicados 381 números, agrupados en cuatro épocas por sus mismos editores.

Texto de la portada del Primer Número de Regeneración, públicado el 7 de agosto de 1900. (DESCARGA EL PERIÓDICO COMPLETO AQUÍ)

Este periódico es el producto de una convicción dolorosa.

En el discurso pronunciado en la sesión solemne del 9 del pasado marzo al reanudarse las sesiones de la Academia Central Mexicana de Jurisprudencia y Legislación1, decía sabiamente el señor licenciado don Luis Méndez2: “Cuando la justicia se corrompe, cuando alguna vez las causas se deciden más por consideraciones extrañas a la ley que por la ley misma, ¿qué corresponderá hacer a los que ejercen la noble profesión del postulante o a los que velan por intereses que no tienen más garantía para su vida y desarrollo, que una honrada administración de justicia? ¿No deberíamos todos, llegado el caso, constituir en el acto un grupo firme como una muralla para resistir injustos ataques, o vigorosos como una falange griega, para atacar injustas resistencias?”
Tal como se encuentra, con muy honrosas excepciones, la Administración de Justicia en la República, esa falange griega de que habla el ilustre abogado se estrellaría, como se han estrellado otras muchas energías al protestar contra la venalidad de algunos funcionarios, consiguiendo tan sólo persecuciones injustas o las injustas resistencias de que habla el señor Méndez.
Nosotros no tenemos la pretensión de constituir una falange; pero nuestro vigor juvenil y nuestro patriotismo, nos inducen a buscar un remedio y al efecto, señalar, denunciar todos aquellos actos de los funcionarios judiciales que no se acomoden a los preceptos de la ley escrita, para que la vergüenza pública haga con ellos la justicia que se merecen.
Habría otro remedio. Para que los intereses de los litigantes, actores o reos, tengan una garantía, la ley señala los casos en que ha lugar a exigir responsabilidades a los jueces; pero sólo una vez, parece mentira, en el reciente asunto Díez de Bonilla3, se declaró haber lugar a exigir responsabilidades, aunque no se ha concluido la substanciación del procedimiento, necesitándose que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con toda su autoridad y peso, considerase que los hechos cometidos por el Juez 1º Correccional Wistano Velázquez, ameritaban la consignación del referido Juez al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal a fin de que procediera en su contra con arreglo a derecho por los delitos de que aparecía responsable, “como lo exigen la justicia, la conveniencia social y el prestigio de la autoridad.”
La Suprema Corte honradamente denunció los hechos que ameritaban un castigo para Velázquez, denuncia que no hizo antes el Agente del Ministerio Público adscrito al Juzgado lº Correccional. En cambio, como grotesca antítesis a la declaración de la Suprema Corte, aparece el pedimento del Procurador de Justicia del Distrito Federal al Jurado de Responsabilidades, pedimento de que nos ocupamos en otra parte y que es sólo un borrón para los anales del Ministerio Público en México.
No constituimos una falange, repetimos pero sí ayudaremos con todas nuestras fuerzas, y pese a quien le pesare, a todos aquellos, que en lugar de recibir justicia de las autoridades judiciales hayan recibido, con mengua del derecho y de la moral, la vergüenza de una derrota injusta.
Por estos motivos vamos a hacer públicos los actos de las autoridades judiciales. Los actos buenos, aquellos que estén arreglados a los preceptos de la justicia, los aplaudiremos; pero aquellos que haciendo a un lado la verdad, y que desquiciando las fórmulas severas de la justicia, sólo sean el producto malsano del voluntarioso capricho de los miembros del Poder Judicial, serán objeto de nuestros ataques.
Bien comprendemos que a los miembros podridos de la Administración de Justicia, a aquellos para quienes su investidura no es más que la venda que oculta sus llagas o el pretexto de incalificables violaciones; para aquellos que amurallados en su investidura, sólo les sirve para dar a sus crímenes una forma más o menos justificada, con detrimento de las garantías individuales; para aquellos que su nombramiento de Juez o de magistrado les sirve de escudo para el ejercicio de sus asquerosas venganzas, para esos, nuestra publicación será vista con odio, y algunos de ellos, al solo anuncio de Regeneración han sentido arder sus iras como el malhechor al solo olfato de la policía. Pero el magistrado íntegro, el Juez justiciero que está satisfecho de cumplir con su noble y difícil tarea, el que haciendo un sacerdocio de su profesión, oficia en los inmaculados altares de la verdadera justicia y de las santas causas, sentirá inmenso placer de ver coadyuvados sus ardientes y nobles ansias de equidad y de Justicia.
Quizá más de una vez nuestros ímpetus juveniles herirán con demasiada dureza; pero sírvanos de atenuante nuestro profundo amor a la justicia y al odio que provocan los atentados groseros al derecho.
Procuraremos despertar las energías que hay ocultas y que no se manifiestan por injustificado temor.
El espíritu público, tan decaído en las actuales circunstancias, dado el momento histórico por que atravesamos, necesita estimulantes enérgicos a fin de que despierte de su marasmo y haga saber sus aspiraciones y sus ideales. Al efecto, ponemos a disposición de todas las personas de la República, las columnas de nuestro periódico, invitándolas a que calcen con sus firmas sus artículos, para que resalte la lealtad en la discusión y no porque queramos rehuir responsabilidades, que desde luego asumimos; pero en todo caso recibiremos con gusto cualquier observación que se haga a los actos judiciales, y la haremos nuestra, si encaja en nuestras convicciones.
El funcionario que estime su reputación profesional, cumplirá un deber defendiéndola, y al efecto, le ofrecemos las columnas de este periódico.
Por nuestra parte, no trataremos los asuntos que defendemos ante los tribunales, para que no se nos tache de parciales y se crea que nos inspira el egoísmo o el despecho de haber sufrido un fracaso en algún negocio; pero si alguna discusión se suscita, con motivo de esos negocios, no la rehusaremos, pues estamos dispuestos a discutir en público lo que sostengamos en los estrados.
La Dirección.

Academia Central Mexicana de Jurisprudencia y Legislación. Establecida en 1885. Fundador, Prisciliano María Díaz González; dirigida, entre otros por Ignacio L. Vallarta, Manuel Dublán, Joaquín Baranda, Ignacio Mariscal y Jacinto Pallares. Agrupó a los abogados de corte “científico” como Emilio Rabasa, Pablo y Miguel Macedo, Emilio Pimentel, Emilio Pardo y Rafael Dondé. Suspendió sus labores durante la revolución. Se reorganizó en los años treinta.

Luis Méndez.  (1832-1909). Abogado campechano. El gobierno de Benito Juárez lo designó miembro de la comisión redactora del Código Civil. Igual tarea desempeñó para el gobierno de Maximiliano de Habsburgo, siendo Consejero de Estado del Imperio. Al restaurarse la República, fue uno de los redactores del Código de Procedimientos Penales. Presidente de la Academia Central Mexicana de Jurisprudencia y Legislación (1890).  Rector del Colegio Nacional de Abogados y Director de la Escuela Nacional de Jurisprudencia.

Asunto Díez de Bonilla. Litigio sobre arrendamientos, protagonizado por los Sres. Díaz de Bonilla y la Compañía Limitada de Mensajerías, ésta última presidida por el magistrado Domingo León.. El Juez encargado del caso fue Wistano Velázquez, las fragantes irregularidades y atropellos vieron su fin con la muerte de José Díez de Bonilla -el 25 de septiembre-, a unos días de su salida de la cárcel.