Feministas impugnan ante el TEPJF requisitos de interseccionalidad en Zapopan. Alegan que las medidas limitan el acceso al voto
Regeneración, 13 de mayo de 2026.– Nueve agrupaciones feministas presentaron un Recurso de Reconsideración ante la Sala Superior del Tribunal Electoral.
Buscan anular la sentencia que limita las candidaturas a la alcaldía de Zapopan para el próximo año electoral.
Solo mujeres indígenas, con discapacidad o de la diversidad sexual podrían competir según el acuerdo vigente actual.
Esta medida fue ratificada previamente por la Sala Regional Guadalajara a inicios del mes de mayo de 2026.
Las colectivas consideran que la norma vigente restringe el acceso al poder de la mayoría de las ciudadanas jaliscienses.
El municipio de Zapopan es actualmente el territorio más poblado dentro del estado de Jalisco para este proceso.
Por ello, las demandantes argumentan que la restricción anula el derecho al voto pasivo de gran parte del universo femenino.
Afirman que la técnica jurídica empleada funciona como una limitante en lugar de una herramienta de inclusión real.

Crítica a la superposición de acciones afirmativas
Organizaciones como CLADEM y AÚNA sostienen que la superposición de criterios desnaturaliza el principio constitucional de paridad total.
Aclaran que su postura no rechaza la participación de grupos minoritarios dentro de la vida política del estado.
«No nos oponemos a la inclusión de personas indígenas, con discapacidad o de la diversidad sexual», aclararon en su comunicado.
Sin embargo, denuncian que se utilizan estos derechos para bloquear a las demás mujeres interesadas en la contienda.
En este contexto, las activistas señalaron que la técnica utilizada por el Instituto Electoral local resulta ser bastante desproporcionada.
Los datos indican que la población indígena en Zapopan representa apenas el 1.2 por ciento de los habitantes totales.
Por su parte, los ciudadanos con alguna discapacidad permanente suman cerca del 2.9 por ciento de la población municipal.
Imponer estas categorías como requisito único excluye de facto a casi todo el padrón electoral femenino de Zapopan.

Exigencia de análisis constitucional y derechos máximos
Las defensoras de la paridad exigen ahora un análisis profundo sobre la constitucionalidad de los artículos uno y cuarenta y uno.
Señalan que las normas deben orientarse siempre a maximizar los derechos políticos de las personas sin generar nuevas barreras.
Las leyes no deben crear obstáculos para el género que originalmente las acciones afirmativas pretenden proteger y potenciar.
«La técnica de superposición utiliza derechos para anular el derecho al voto pasivo», sentenciaron las organizaciones firmantes del recurso.
Bajo esta premisa, figuras como Guadalupe Ramos Ponce y Sofía Pérez Navarro encabezan este importante movimiento de resistencia jurídica.
Académicas y representantes de colectivos como G10 por Jalisco y CIPIG respaldan esta solicitud ante la Sala Superior.
Esperan que el máximo tribunal garantice una interpretación correcta de la interseccionalidad para no segmentar la representación femenina.
El objetivo final es asegurar que todas las mujeres puedan participar en igualdad de condiciones en el municipio más grande.
















